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El exrector de la Universidad Nacional de Colombia, Ricardo Mosquera Mesa, hace un detallado análisis de cómo la estructura del sistema y la Ley han permitido que se den casos de erróneas interpretaciones de la autonomía universitaria. Opinoión en el Diario del Huila. |
Amparada en esta, la referida institución obstruyo inspecciones del Ministerio de Educación Nacional (MEN), incumplió con las condiciones mínimas de calidad en algunos programas académicos y ofreció otros que no tenían el registro calificado, además de quejas por el no pago de salarios a los docentes, no garantizar las prácticas y en suma, el desvió de recursos hacia negocios familiares lo que obligo a la intervención del gobierno a quien corresponde la suprema inspección y vigilancia según la ley 30 de 1992.
El caso de la San Martin no es aislado, según la ministra Gina Parody son 34 las instituciones investigadas por fallas de orden académico, administrativo y financiero. Estas instituciones han hecho una interpretación amañada de la autonomía y de las normas que reglamentan la misión de la universidad, como es la docencia, la investigación y extensión, y se han convertido en negocios sin ninguna ética aún en el terreno del mercado, pues se trata de famiempresas que amparados en una fundación “sin ánimo de lucro”, lucran con mucho ánimo. Peor aún, otras son auténticos directorios políticos que a través de becas y cupos universitarios mantienen feudos políticos con lo cual garantizan sus “acreditaciones” y la apertura de programas de mala calidad. La Constitución del 91 en su artículo 69 estableció: “Se garantiza la autonomía universitaria. Las universidades podrían darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley. La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado. El Estado fortalecerá la investigacióncientífica en las universidades oficiales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo. El Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior”. Respecto a la autonomía la Ley 30 (artículo 29) señaló: a) Darse y modificar sus estatutos; b) Designar sus autoridades académicas y administrativas; c) Crear, desarrollar sus programas académicos, lo mismo que expedir los correspondientes títulos; d) Definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión; e) Seleccionar y vincular a sus docentes, lo mismo que a sus alumnos; f) Adoptar el régimen de alumnos y docentes; g) Arbitrara y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional. La autonomía universitaria fue creada para las Universidades, que según esta ley: “son aquellas que realizan investigación científica o tecnológica, dan formación académica en profesiones o disciplinas, producen, desarrollan y transmiten el conocimiento, la cultura universal y nacional, pero además instruyen en ocupaciones, profesiones, especializaciones, maestrías, doctorados y posdoctorados” (artículo 19). Que no incluye a Instituciones Técnicas Profesionales, Instituciones Universitarias, o Escuelas Tecnológicas. Pues según el artículo 31 de la Ley hace referencia a los artículos 67 y 189 (numerales 21, 22 y 26) de la Constitución Política Colombiana que precisa que corresponde al Presidente de la República el “fomento, la inspección y vigilancia de la enseñanza”. (Capitulo VII sobre Fomento de la inspección y vigilancia). Dicha labor será ejercida por el Gobierno Nacional con la asesoría del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU) creado con carácter permanente con funciones de coordinación, recomendación y asesoría, como organismo del gobierno nacional vinculado al MEN, integrado con representación de universidades pública y privadas, investigadores, profesores y estudiantes. El CESU sustituyo al ICFES que para algunos expertos era inoperante con “problemas de incompetencia, ineficiencia, burocracia y corrupción” (Razón Publica,nov.2014,Víctor M. Gómez).
Pero además se creó el Sistema Nacional de Acreditación (SNA) y al Sistema Nacional de Información (SNI), el primero encargado de garantizar que las instituciones cumplan con los requisitos de calidad, sus propósitos y objetivos; en tanto que el segundo orienta a la comunidad sobre la calidad, características de las instituciones y programas del Sistema. Que también es criticada por reducir las funciones y capacidad del Estado sobre programas e instituciones que no cumplen requisitos mínimos de calidad.
El concepto de autonomía universitaria ha llevado a interpretarlo como “extraterritorialidad” que permitiría a las instituciones contar con un ordenamiento jurídico propio y financiación independiente de la gestión que adelanten, incurriendo en manejos clientelistas y oscuros, como también en la evaluación complaciente, dejando de lado la función académica e investigativa que debería ser el principal interés de estos centros de formación,cayendo en el rezago respecto a estándares internacionales de calidad”(Mosquera Ricardo, Autonomía Universitaria, Memorias del Foro Internacional, Bogotá 2004).
En las mencionadas Memorias sobre autonomía universitaria la ex Ministra de Educación Cecilia María Vélez señala: “Hoy en día es incuestionable el reconocimiento de la autonomía universitaria, no solo por su consagración en la Constitución ni por su desarrollo legal, sino también y principalmente, porque sin ella no es posible concebir a la universidad actual”. Pero además es un logro de las universidades del mundo como lo recuerda Jaime Posada (Rector Universidad de América) cuando afirma: “Sin duda para abordar el tema de la autonomía universitaria tenemos que remontarnos al origen de la universidad al considerar que el principio de la autonomía es inherente a las universitas.En ese ámbito de autonomía nacieron las universidades decimonónicas que se constituyen en ese núcleo de las llamadas universidades nacionales: Central de Venezuela, Central del Ecuador, Nacional de Chile, Nacional de Colombia, de la República del Uruguay, Paraguaya de Asunción, Universidad de México” (Memorias, 2004).
La crítica se extiende a los “pares” académicos que carecen de formación en evaluación, que otorgan registros calificados y avalan procesos de acreditación basados en evaluaciones subjetivas sin mayor fundamento, lo cual se hace extensivo al Consejo Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CONACES), donde llegan docentes con interés en favorecer a terceros, en lugar de acudir a expertos independientes (Ibíd. Víctor M. Gómez). Nótese que el problema radica en quienes ofrecen el servicio de la educación, la falta de ética para el ejercicio de la misma convertida en negocio sin importar la calidad, acosados por los mismos avivatos de siempre, los astutos políticos y empresarios de la educación como decía Simón Bolívar “con alma de peluqueros y trucos de notario que saben matar(la calidad) y seguir sonriendo y adulando” y hasta proponen una nueva ley del tamaño de sus interés sin importar el interés colectivo ni el proyecto académico ,una ética académica, hacer cumplir la ley y la normatividad existente.
En ese contexto el MEN ha presentado un proyecto de ley que le permitiría imponer sanciones disciplinarias a los directivos, representantes legales, administradores o revisores fiscales de instituciones que incurran en irregularidades; dichas sanciones comprenderían la separación del cargo, sanciones económicas por 500 SMMLV e incluso el doble, además de la inhabilidad hasta por 10 años para ejercer cargos en la institución intervenida. De igual manera el MEN estaría facultado para acceder a información jurídica, contable, económica, etc., y suspender temporalmente los registros calificados, así como la solicitud o renovación de estos, además de otros mecanismos para no repetir la triste experiencia de la “universidad” San Martín o la estafa con la promesa de un título. La ministra Gina Parody dejó claro que “en el momento en que no se cumplan los elementos de la autonomía universitaria, nosotros tendremos que entrar con la función de inspección y vigilancia” para superar lo dicho por el tango Cambalache,” el que los inmorales nos han igualado, lo mismo da un burro que un gran profesor”.
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