|
|
A propósito de la nueva Ley de inspección y vigilancia, el analista Luis Fernando Páramo describe los desaciertos de la Ley 30, en materia de control y de calidad, y ve con optimismo el nuevo panorama que se crea en el sistema. |
Los trastornos de la legislación colombiana en materia de Educación Superior que me han tocado vivir, han producido muchos enfrentamientos políticos burocráticos. La ley 30 de 1992, tal vez la que más conozco, a mi sentir, lo que logró, fue iniciar una disminución de la prepotente injerencia del ICFES en todos los asuntos internos de las Universidades e IES (pues había sido creado para el fomento y no para el control) al remplazar el Decreto 080 del 1980, que tenía realmente desesperada a la comunidad académica colombiana. En el diseño de la ley 30, participaron muchas personas eminentes del sector académico y político, la mayoría alinderadas al partido liberal.
Esa tendencia liberal trajo como consecuencia que la ley hiciera mas caso a lo técnico que a lo simplemente político, pues en franca lid ideológica, en los acuerdos de su redacción, indiscutiblemente se privilegió la construcción de subsistemas específicos, para el adecuado funcionamiento de la Educación Superior en Colombia, en concordancia con las deficiencias que habían sido detectadas en innumerables estudios y análisis de casos de la época.
En el parlamento de ese entonces (creo que lo mismo sucede en el actual) las Honorables Comisiones Sextas de Senado y Cámara, contaban con muy pocos expertos en Educación y mucho menos en Educación Superior, desde luego los pocos eran, han sido y seguirán siendo muy valiosos.
Los tres aspectos radicales de la educación superior que interesan a la comunidad universitaria hoy, se sintetizan en:
1. Sincronizar las políticas de Estado con la financiación de los costos, que demanda ofrecer el servicio de educación superior con calidad, a todos los colombianos.
2. Reorientar el control del Estado sobre las actuaciones administrativas de orden económico de las universidades e instituciones universitarias, que garantice a los alumnos matriculados, la eficiencia y eficacia en los procesos internos de cada universidad o institución de educación superior.
3. Por no ponerla de primera, organizar un sistema de diseño y valoración de la calidad de la educación superior, que garantice a los estudiantes conocer con certeza, que los programas académicos que se ofrecen, cumplen con estándares reconocidos de calidad, subrayo estándares, porque ahí es donde está el problema, en Colombia no existen estándares y seguimos utilizando una legislación donde no hay indicios de que se quieran construir.
Con la educación superior no se puede seguir aplicando el principio de ensayo y error, ya existe una visión y cultura muy importante sobre las necesidades y la solución a los problemas detectados, el futuro depende fundamentalmente del poder ejecutivo y del poder legislativo. En el poder ejecutivo el Señor Presidente públicamente acogió el Acuerdo 2034, y en el poder legislativo con gran satisfacción veo que el Congreso acepta crear la Superintendencia de la Educación, promovida por La Alianza Verde, como ente técnico especializado en materia financiera, económica y contable, capaz de acabar con la burla reiterada de muchas entidades del sector educativo, sobre la administración de entidades enmarcadas en la noción y definición de sin ánimo de lucro.
Y entonces, ¿que falló en la ley 30?
Primero que la forma de financiación de las universidades públicas, resultó inadecuada y que movimientos sociales, sindicales y académicos reclamaron con bastante razón, que la normatividad era injusta. Yo me uní a ellos aunque no era docente. La razón es muy sencilla como ingeniero industrial tenía claro que pagar mal, es degenerar el proceso de la eficiencia e impedir que la eficacia se dé. No siempre, más gastos traen como consecuencia menos ingresos.
Las proyecciones financieras fueron equivocadas o por lo menos poco visionarias, los académicos llenos de argumentos pero sin visión financiera, suelen cometer esos errores.
Se le critica a la ley 30, primero, la obsolescencia, segundo su alcance, pero nunca su incongruencia. Hay que rediseñarla? Creo que sí, pero no por mala sino por desactualizada.
¿Qué debe reformarse?
Aquí sí le doy el primer puesto a la concepción y gestión de la Calidad de la educación superior, porque la ley privilegia la acreditación de la calidad y deja de lado la concepción y manejo de la calidad, lo cual a mi juicio es incongruente.
La buena calidad de la educación superior, favorece a todos los estudiantes, sin considerar las distintas instituciones que ofrecen programas académicos, pero para diseñarla e incorporarla a sistemas de control, hay que contar con entes especializados, tanto en materia de sistemas de medición y acreditación de la calidad que eliminen la subjetividad del sistema actual. El CNA es el producto de la posición de un solo individuo, ignorante de los sistemas de calidad y además producto de la injerencia indebida del ICFES.
Pregúntele a cualquier Honorable Consejero del CNA, de dónde salió el sistema de aseguramiento de la calidad y verán que no tienen ni idea, solo cumplen su función de apoyar lo que el mandato de la ley les exige.
Se darán cuenta de que a pesar, que lo importante, debe preceder a lo procedimental, nadie es capaz de explicar cual es el fundamento metodológico que le dio origen al sistema de acreditación de la calidad, pues ninguno de los elegidos tuvo una prueba de conocimientos en sistemas de medición y administración de la calidad. Grandes personajes han sido y son consejeros del CNA pero ninguno experto en sistemas de calidad.
Conclusión.
El mandato del Presidente Santos ya dio la primera batalla en materia de educación superior, solo resta que complemente el proceso con la creación de la Agencia Nacional de Calidad y así constituirá la Colombia más educada.
![]()
