Nuevo decreto permite que programas con registro calificado vencido puedan volver a ofertarse

Nuevo decreto permite que programas con registro calificado vencido puedan volver a ofertarse

Julio 13/23 Por fin el gobierno expidió el decreto que extiende la vigencia del registro calificado, para descongestionar a Mineducación, y podría disparar la oferta de programas con registro vencido y en trámite de renovación.

Se trata del Decreto 1174 de 2023, de este 12 de julio, “por medio del cual se sustituye la Sección 12 del Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación-, a efectos de establecer medidas transitorias  en materia de registro calificado”.

Corresponde a la evolución del anuncio, desde cuando Alejandro Gaviria era ministro de Educación, de flexibilizar los trámites del sistema de aseguramiento de la calidad, tan cuestionado por las IES.

Según el decreto, se hace “con el propósito de realizar los ajustes normativos y tecnológicos necesarios, en el marco de un proceso de reconceptualización del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la educación superior, que no interfieran con el funcionamiento y planeación de las instituciones de educación superior, resulta consecuente y necesario diferir en el tiempo la renovación de los registros calificados que se encuentran próximos a expirar, garantizar la continuidad de la oferta en los programas cuyos registros calificados se encuentran en trámite, y establecer parámetros precisos que permitan a las instituciones dar cumplimiento al requisito de evaluación de las condiciones de calidad de carácter institucional en etapa de prerradicación para aquellos lugares de desarrollo en los que cuentan con programas en funcionamiento”.

El decreto consiste en extender la vigencia de registros calificados vencidos y próximos a vencer hasta en dos años más, tiempo en el cual las IES podrán seguir ofertando programas sin estar fuera de la ley.

Las IES que radicaron programas para renovación de su registro calificado días antes del 12 de julio tienen la posibilidad de seguir ofertando, con el registro vencido, y los programas que por cualquier circunstancia no habían renovado la solicitud del registro tienen la posibilidad de renovarlo ahora y luego iniciar la oferta.

En el fondo, la medida corresponde a la necesidad del Ministerio de “comprar tiempo” de aquí a 2025 mientras logra evacuar miles de procesos que tiene pendiente, de intentar poner en debido funcionamiento el “Nuevo Saces” (que ha sido un fracaso) y, en lo posible, revisar la celeridad y forma de procedimientos de las salas de Conaces.

Es un complemento de la Resolución 2265, de febrero de 2023, que modificó la Resolución 15178 de agosto de 2022 y derogó las resoluciones 15224 de agosto de 2020, y 20600 y 21795, de noviembre de 2020.

Las disposiciones del decreto no establecen un nuevo trámite administrativo ni modifican estructuralmente uno existente.

Lo definido en el Decreto

Los registros calificados de los programas académicos que venzan entre el 12 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2025, tendrán las siguientes medidas:

1) El registro calificado con expiración de vigencia entre la fecha de publicación de este decreto y el 31 de diciembre de 2023, se ampliará transitoriamente hasta el 30 de junio de 2025.

2) El Registro calificado con expiración de vigencia entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, se ampliará transitoriamente hasta el 30 de septiembre de 2025.

3) Registro calificado con expiración de vigencia entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2025, se ampliará transitoriamente hasta el 31 de diciembre de 2025.

La decisión favorable de la solicitud de registro calificado tendrá como fecha de vigencia del registro calificado la definida en el respectivo acto administrativo, de lo contrario mantendrá la vigencia transitoria establecida en los anteriores literales y la institución deberá presentar el plan de contingencia.

Asimismo, frente a las demoras en los trámites, la norma autoriza a las IES a matricular nuevos estudiantes, entre la fecha de vigencia de este decreto y el 30 de septiembre de 2024, en programas que:

1) su registro calificado haya vencido entre el 1 de diciembre de 2021 y el 12 de julio de 2023.

2) tengan una solicitud de otorgamiento o renovación de registro calificado en curso; y

3) no cuenten con una decisión de negación del registro calificado ejecutoriada en dicho periodo.

Igualmente, para la renovación de registros calificados, se autoriza las IES a matricular nuevos estudiantes, entre la fecha de vigencia de este decreto y el 30 de septiembre de 2024, en programas que:

1) su registro calificado haya vencido entre el 1 de diciembre de 2021 y el 12 de julio de 2023;

2) presenten solicitud de otorgamiento de registro calificado desde el 12 de julio y antes del 1 de octubre de 2023; y

3) no cuenten con una decisión de negación del registro calificado ejecutoriada hasta el 12 de julio de 2023.

Para estos dos procesos no se requiere acto administrativo adicional para la habilitación de esta autorización.

Eso sí, aclara la norma, cuando el Ministerio de Educación Nacional decida no otorgar o no renovar el registro calificado del programa académico, la institución no podrá continuar matriculando nuevos estudiantes y deberá presentar el plan de contingencia.

La norma también admite que en el lugar de desarrollo (municipio, distrito, área no municipalizada o territorio indigena) donde la institución tiene al menos un programa con registro calificado vigente o con matricula reportada en el SNIES en el primer semestre de 2022 o en periodos posteriores, y que al 12 de julio de 2023 no cuenta con concepto favorable de condiciones institucionales, se tendrá por surtida la etapa de prerradicación, hasta el 31 de diciembre de 2025.

Finalmente, permite que las instituciones de educación superior privadas que hayan obtenido el reconocimiento de personería jurídica desde el 25 de julio de 2019, o aquellas de naturaleza jurídica oficial creadas en el mismo plazo, tendrán por surtida la etapa de prerradicación hasta el 31 de diciembre de 2025 en el lugar o lugares de desarrollo objeto de evaluación en el trámite de personeria juridica o de evaluación del estudio de factibilidad socioeconómica, respectivamente.

Clic para descargar el Decreto 1174 de 2023

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