Personería de Tuluá suspende a rector de UCEVA

Personería de Tuluá suspende a rector de UCEVA

Feb 28/20 A un mes de terminar su rectoría, Personería de Tuluá suspende del cargo por 7 meses al rector de la Unidad Central del Valle del Cauca, UCEVA, Jairo Gutiérrez Obando.

Inicialmente el periodo rectoral de Gutiérrez termina el próximo 30 de marzo, y el próximo 6 de marzo se deberá elegir reemplazo entre los siguientes aspirantes:

– Eusebio Ducuara Celis

– Juan Carlos Urriago Fontal

– Luz Mireya González

Con la sanción de Gutiérrez y mientras surte el proceso electoral, el Consejo Directivo deberá elegir un rector encargado. Hoy se hace la consulta estamentaria y el 6 de marzo se elegirá nuevo rector

El motivo de la sanción de Gutiérrez

La decisión del Ministerio Público es en segunda instancia y contra ésta no procede recurso alguno, está tipificada como grave a título de culpa, y está relacionada con una omisión por parte del rector quien no suministró una información requerida por la personería de Tuluá, frente a una denuncia de éste contra un estudiante por supuestamente usar diplomas falsos.

“El funcionario se negó a entregar una información que se le solicitó relacionada con la denuncia que interpuso un estudiante de Medicina a quien se le estaba vulnerando su buen nombre”, indicó el abogado Rubén Darío Benítez Sierra, personero de Tuluá.

El ente de control confirmó que Gutiérrez Obando incumplió su deber de suministrar información cuando fue requerido en 7 de febrero de 2019 mediante acción preventiva para que diera a conocer sobre el debido proceso adelantado en contra de un estudiante de medicina, denunciado públicamente por el rector por supuestamente usar “diplomas falsos”, ya que el 11 de febrero siguiente respondió que la información tenía reserva legal, según el Código Disciplinario Único y la autonomía universitaria de la entidad, desconociendo la función constitucional como Ministerio Público de la Personería, y guardando silencio frente a la relación de la institución con la empresa organizadora de la ceremonia cuestionada.

La sanción en primera instancia contra Gutiérrez había sido proferida por el personero delegado para la vigilancia de la conducta disciplinaria, el 12 de julio de 2019, por infringir el deber consagrado en el numeral 16 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, al omitir suministrar la información requerida por el Ministerio Público.

La defensa del rector había recusado al personero Rubén Darío Benítez a la vez que le solicitó a la Procuraduría Regional del Valle el poder preferente para que este despacho no conociera la segunda instancia y se le garantizara el debido proceso.

El 24 de octubre de 2019, la Viceprocuraduría General de la Nación negó por improcedente la solicitud del poder preferente porque no encontró violación de derechos ni de la defensa y declaró infundadas las recusaciones contra el Personero de Tuluá a la vez que devolvió el expediente el 14 de febrero de 2020 para que continuara con el proceso.

Durante los 7 meses de la sanción Gutiérrez Obando no podrá ocupar ningún cargo público.

Adaptación de medios varios

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