Mayo 4/21 Mineducación pide que los procesos de registro iniciados antes de la llegada del nuevo SACES deben volver a tramitarse, con lo que desconoce el esfuerzo y obliga a reprocesos en las IES.
Es decir, el Ministerio de Educación Nacional estaría vulnerando principio de confianza legítima al imponer a las IES el nuevo SACES sin considerar un plan de transición, tal y como lo señala la abogada Gloria Yaneth Vélez Pérez, experta en normatividad de la educación superior, y quien ha alegado esto a dicha entidad.
El “Nuevo SACES” pretende compendiar el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, con el registro y compilación de la información que tiene que ver con los registros calificados de pregrados y posgrados, con fundamento en la Ley 1188 de 2008, reglamentada por el Decreto 1330 de 2019 y éste, a su vez, reglamentado por la Resolución número 021795 de noviembre de 2020.
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Más allá de los posibles beneficios de la herramienta, los responsables de procesos de gestión, procesamiento y cargue de información de cada IES en la plataforma, se han quejado, primero porque la capacitación brindada por el Ministerio no brindó debidamente todas las respuestas a las preguntas hechas y segundo, y más preocupante para las IES, porque a varias de éstas les implica un engorroso reproceso, en donde no parece tenerse en cuenta las gestiones institucionales previas para los respectivos trámites de los programas.
Según Vélez Pérez, así como diversos responsables de varias IES, “el Ministerio decidió a “pupitrazo” que desde el 8 de abril de 2021, ningún trámite relacionado con la renovación de los registros calificados se puede continuar por el sistema anterior, sino que debe ser mediante el nuevo”.
Dicha decisión, que pretende ser ejecutiva para migrar pronto al nuevo sistema, conlleva problemas a las IES, tal y como lo explica jurídicamente Vélez Pérez:
“La dificultad que surge de la decisión y que se considera violatoria de derechos, está en que el Ministerio olvidó que muchas IES se encuentran dentro de los términos legales vigentes para hacer completitudes a documentos maestros, muchas de ellas tan sencillas como corregir un yerro en el número de estudiantes o enviar un anexo, claro que sencillas o complejas esas completitudes, lo cierto es que las IES están en términos y eso es un derecho, porque, además, están confiadas en la normativa vigente por virtud del principio de confianza legítima que les permite culminar esos ajustes. Incluso la misma Resolución 021795 incluye en el Artículo 76 unas disposiciones transitorias, así:
“Articulo 76. Disposiciones transitorias. Las instituciones que soliciten la renovación del registro calificado de programas académicos dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de esta resolución, deberán:
a) En cuanto a las evidencias e indicadores de los aspectos curriculares desde los componentes formativos, presentar lo dispuesto en los literales b), c), d), f) del artículo 13 y en los literales a) y d) del artículo 57 de la presente resolución.
b) En cuanto a las evidencias e indicadores de los aspectos curriculares desde los mecanismos de evaluación, presentar lo dispuesto en el literal c) del artículo 21 y en los literales b), d), e), f) y g) del artículo 61 de la presente resolución.”
No obstante, el Ministerio ha decidido, de un lado, no habilitar el sistema anterior para que dichas completitudes se carguen y, del otro lado, está exigiendo que el trabajo se vuelva a hacer bajo los parámetros del nuevo SACES, sin considerar lo dispuesto en sus mismas disposiciones jurídicas transitorias, ni que muchas IES están dentro de los términos para hacer completitudes, lo cual implica desgaste administrativo, paralización de planes, reprocesos, gastos adicionales para las IES, pero algo muy importante dentro del Estado constitucional y democrático, la vulneración del principio de confianza legítima por la inobservancia que el Ministerio hace de sus propias disposiciones jurídicas en las que contempla un plan de transición que no está aplicando“.
Esta situación también afecta otros principios que vulnera el Ministerio son: debido proceso, economía, eficiencia y seguridad jurídica.
En conclusión, de lo argumentado por la abogada, “obligar a una IES a que reprocese y que asuma una nueva plataforma para cargar información bajo una resolución que es nueva, un sistema nuevo que apenas se está dando a conocer y que decida autónomamente modificar términos sin el procedimiento debido, definitivamente vulnera los principios arriba mencionados”.
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