Enero 29/26 Que todas las universidades públicas colombianas, menos una, hayan registrado ingresos menores a sus gastos ha sido leído de dos formas: o como un problema de racionalización del recurso y de gestión de sus directivos o que el Estado no está cumpliendo su responsabilidad con el financiamiento.
A través de diversas expresiones, en público y en privado, directivos y académicos de algunas universidades públicas, reunidas en el Sistema Universitario Estatal SUE, han expresado su molestia porque consideran que el informe de la Contraloría General de la Nación, “Sostenibilidad financiera de las universidades públicas colombianas años 2019-2024”, en el que se dice que 97% de las instituciones analizadas no logran sostener su operación con recursos autogenerados, los deja “mal parados” frente a la opinión pública en su rol como gerentes y responsables de administrar recursos públicos.
Oxigenados por la propia posición del ministro de Educación Nacional, José Daniel Rojas Medellín, quien dijo que el informe confirma la necesaria responsabilidad del Estado en el financiamiento de la universidad pública, se defienden de su complicada situación financiera argumentando que precisamente su carácter es público porque, entre otros, asumen programas académicos de baja demanda y acciones de solidaridad social, y que debe ser el Estado quien la financie y que los saldos en rojo confirman que el gobierno colombiano no está cumpliendo íntegramente su responsabilidad presupuestal con esas IES. “Demostrar que las universidades públicas no pueden operar sin financiamiento estatal no evidencia necesariamente una supuesta ineficiencia institucional, sino que confirma su naturaleza jurídica y misional como entidades públicas dependientes del presupuesto público”, dice Sergio Alejandro Lancheros Cely, de la Universidad Nacional, en el artículo “La trampa de la autosostenibilidad financiera pone en riesgo el sentido público de la universidad”.
Para María Alejandra Rojas Ordóñez, designada del presidente Petro en el Consejo Superior de la UNAL “¿quién les dijo que las Universidades Públicas deben ser autosostenibles? Justamente el debate que hemos dado por años consiste en que las universidades públicas deben tener sus recursos plenamente garantizados para poder realizar sus funciones misionales en pleno ejercicio de la autonomía universitaria y no a la merced de la venta de servicios y de la voluntad de sus financiadores. Y no, de ninguna manera quiere decir esto que se quiera acabar la extensión remunerada”.
Advierten que va en contra de su naturaleza la mirada de la autosostenibilidad, pues ésta -sugieren- los empuja a realizar actividades ajenas a la academia, como venta de servicios y entrega a la lógica de la oferta y demanda del mercado, distrayéndolos del compromiso con la calidad y la cobertura, entre otros, y por ende -dicen- se violenta su autonomía universitaria.
“La sostenibilidad financiera de las universidades públicas no depende de su capacidad para “administrar mejor” recursos escasos o sustituir el financiamiento estatal con ingresos propios, sino de una decisión fiscal y política del Estado de garantizar niveles suficientes, progresivos y contracíclicos de financiación —entendidos como aquellos que crecen sostenidamente y se refuerzan en contextos de crisis—, cuando se trata de fortalecer derechos sociales, generar nuevo conocimiento y responder a las necesidades del país. De la interpretación de la Constitución Política (art. 69), de la Ley 30 de 1992 (arts. 28, 86 y 87), y de la jurisprudencia constitucional —en particular las sentencias C-547 de 1994 y C-177 de 2002— se desprende que la financiación de las universidades públicas constituye una responsabilidad esencial del Estado, y que la autonomía universitaria no se puede entender como un deber de autosuficiencia financiera. Además, mediante la Sentencia C-311 de 1994, la Corte Constitucional instó al Estado a avanzar bajo criterios de progresividad en la concepción de la educación superior como un derecho fundamental“, señala Cely.
Si el “saldo en rojo” hubiera sido del 100 % de IES, el argumento del “incompleto” aporte financiero del Estado podría tener más fuerza, pero que una sola universidad (la UNAD) tenga saldo a favor, alimenta el debate y favorece la posición de quienes consideran que es una responsabilidad social, financiera e institucional de las universidades públicas, buscar su autosostenibilidad, como producto de la aplicación de los conocimientos administrativos y financieros que enseñan, como corresponsabilidad con las finanzas del Estado y como una forma de contribuir a la delicada situación fiscal del país y, sobre todo, de que el Estado pueda atender más eficientemente otros derechos – bienes y servicios de mayor impacto social como la salud, la seguridad y la vivienda, entre otros.
Paradójicamente la UNAD es la universidad que, porcentualmente menos recursos recibe de su presupuesto recibe del Estado, situación que “la empujó” a gestionar recursos adicionales y convertirla en una empresa.
En su defensa, las universidades públicas tradicionales sugieren que, a diferencia de la UNAD que es virtual, su modalidad presencial demanda más recursos y, por ende, su costo de operación y necesidad de recursos es mayor. Aunque no es menor el hecho de que la UNAD soporta más de 70 centros físicos, cerca de 10 mil colaboradores, programas educativos en todos los niveles (desde colegio hasta posgrados doctorales), la más numerosa matrícula del país (más de 300 mil estudiantes) y tiene acreditación institucional. Bajo esta mirada, sugerir que lo presencial no es autosostenible y lo virtual sí, pierde peso argumentativo.
Lo cierto es que el sistema financiero de la educación superior colombiana se mantiene en una completa falta de precisión en torno de sus formas y, sobre todo, sus objetivos. No obstante la reciente reforma de los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992, que definió el modelo de asignación de recursos a las IES públicas, avanzó en darle reconocimiento, para fines de transferencias, a las IES públicas que no son universidades y mejorará en algo los recursos anuales que serán transferidos por el Gobierno (al pasar del IPC a un índice de costos de la canasta educativa), la inequidad en la asignación de recursos se mantiene y las transferencias continúan perpetuando un esquema inercial: Las universidades “grandes” en 1992 (cuando se aprobó la Ley) siguen recibiendo más recursos que las “pequeñas”, independientemente de la efectividad de su gestión y sus indicadores.
También es claro que el sistema de educación superior (público en este caso, incluidas las IES -SUE y REdTTU- Congreso, Gobierno y Mineducación, entre otros) está en deuda de dar respuestas claras sobre hasta dónde debe darse la financiación de las IES públicas, por qué unas reciben más recursos que otras, por qué las IES públicas que no son universidades son vistas como de menor valor si titulan igual que las universidades en muchos casos, por qué los egresados de la educación superior pública tiene bajas, o casi nulas, tasas de regreso al Estado de las inversiones financieras que éste hizo para su formación, si se tiene en cuenta que su tasa de retorno laboral es positiva; sobre si el autofinanciamiento (y autosostenibilidad) es una opción o una obligación en todas las IES públicas, y cuáles deben ser los límites de financiamiento del Estado a las universidades públicas, o si éste debe ser ilimitado y justificado en su impacto social.
Para responder a estos aspectos, el sistema debe sincerarse y antes que un próximo gobierno, Congreso, medios, redes, financiador o próximo determinante agente externo, imponga restricciones o sanciones al sector, éste debe hacer público el debate y, sobre todo, tomar acciones de control y corrección, en temas como: ¿cuál es el fundamento de la llamada deuda histórica del Estado con la universidad pública?, ¿cómo atender los casos de denuncia de politiquería, corrupción y sobrecostos administrativos en varias IES?, ¿hasta dónde seguir permitiendo preocupantes impactos financieros por la vigencia del Decreto 1279 de reconocimiento salarial docente?, ¿cómo seguir permitiendo la duplicidad de gastos e inversiones en temas como infraestructura, admisiones y tecnología en IES que solo se distancian unos metros de una a otra?, ¿hasta dónde seguir creciendo el sistema como más programas y seccionales, en u entorno de contracción de la población, aumento de la oferta educativa y nuevos proveedores de títulos?, y debe responderse a preguntas como si a medida que una universidad pública debe autogestionar recursos para asegurar su funcionamiento ¿deja de ser pública?, ¿debe el Estado asumir la totalidad del funcionamiento de la universidad pública?, ¿la universidad privada, aunque sin recursos públicos, responde por un derecho-servicio de naturaleza pública, ¿no sería más “rentable” para las finanzas públicas?, y ¿la “nueva” universidad de hoy, de calidad y pertinencia, es la de los doctorados, los mega campus, pesadas estructuras organizacionales y cientos de laboratorios propios, entre otros?.
Sobre la reforma de los artículos 86 y 87 de la Ley 30, Eduardo Behrentz, exvicerrector de Uniandes, en su artículo de opinión “U. Pública: más recursos, mismas reglas”: – en Portafolio, señala que “la experiencia internacional (desde Australia hasta China, pasando por Finlandia y Corea) muestra una tendencia creciente hacia esquemas mixtos, con subsidios focalizados y aportes diferenciados según capacidad de pago. Nada de lo anterior implica cuestionar la necesidad de mayores recursos para la universidad oficial. Son indispensables. Pero un aumento presupuestal desligado de desempeño, permanencia, calidad y resultados verificables refuerza un modelo que ya evidencia grandes limitaciones”.
Eso sí, para hablar de una sostenibilidad de la universidad pública se requiere que el sector identifique reglas claras, metas verificables, evaluación de desempeño, y una distribución equitativa. La sostenibilidad de la universidad pública colombiana no depende inicialmente de aumentar recursos, sino de corregir las fallas estructurales del sistema: gobernanza, evaluación, equidad, coordinación y propósito.
—-
Para dimensionar más la sostenibilidad universitaria, desde diversas miradas, se sugiere, entre otros ver autores como
- Plata Rangel, A. M., Rojas, D., & Rodríguez, J. C. (2020). Nivel de institucionalización de la sostenibilidad en universidades colombianas. Revista de la Educación Superior, 49(194), 1–25.
- Parrado Castañeda, A. M., & Trujillo Quintero, H. F. (2015). Modelo teórico-instrumental para la implementación de la sostenibilidad en instituciones de educación superior: Campus Sostenible. Revista de la Universidad de La Salle, 66, 93–116.
- Bohne García, B., Bruckmann, S., & Martínez, M. (2023). Modelo de evaluación para medir la contribución de las universidades al desarrollo sustentable. Revista Iberoamericana de Educación Superior, 14(40), 120–145.
- UNESCO. (2014). Educación para el Desarrollo Sostenible: Hoja de ruta. París: UNESCO.
- UNESCO. (2020). Education for Sustainable Development: A Roadmap. París: UNESCO.
- Slaughter, S., & Leslie, L. (1997). Academic Capitalism: Politics, Policies, and the Entrepreneurial University. Baltimore: Johns Hopkins University Press.
- Nussbaum, M. (2010). Not for Profit: Why Democracy Needs the Humanities. Princeton: Princeton University Press.
- Sistema Universitario Estatal – SUE. (varios años). Informes de gestión y sostenibilidad financiera del SUE. Bogotá: SUE.
- Ministerio de Educación Nacional. (2019–2024). Documentos técnicos sobre financiación y sostenibilidad del sistema de educación superior. Bogotá: MEN.
![]()
