Julio 10/26 Aunque hace una semana se dio por hecho la salida de la rectoría de Ivaldo Torres, tras un fallo del Consejo de Estado, ésta no se ha dado. A través de sus abogados, el Consejo Superior y el rector interpusieron dos solicitudes, una de adición y otra de aclaración, que le darán oxígeno para seguir en el cargo por un tiempo ahora indefinido.
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¿Por qué Ivaldo Torres continúa en el cargo?
En el sistema judicial colombiano, una orden de un juez —incluso una tan drástica como tumbar la elección de un rector— no se aplica de forma inmediata si las partes afectadas presentan preguntas o reclamaciones formales dentro de los plazos legales.
Al radicarse estas solicitudes, la sentencia entra en una especie de “congelador” o pausa legal (técnicamente llamada suspensión de la ejecutoria). Hasta que los magistrados del Consejo de Estado respondan y resuelvan oficialmente cada uno de los puntos planteados. Por ello, el fallo del 2 de julio de 2026 aún no está ejecutoriado en firme. Por lo tanto, Ivaldo Torres Chávez mantiene intacto su nombramiento original y puede seguir ejerciendo como rector en propiedad, firmando actos administrativos y manejando el presupuesto de la institución.
Las dos acciones que frenaron su salida
La defensa de la universidad y del rector utilizó dos herramientas legales permitidas por la ley para cuestionar el fallo:
1) Solicitud de adición: Presentada a través del abogado del rector, Ulises Canosa Suárez, afirma que el Consejo de Estado “olvidó” resolver un punto crucial: definir si esta destitución le impide a Ivaldo Torres volver a postularse en los procesos de elección que vienen. La defensa argumenta que los jueces no pueden inventar prohibiciones para ocupar cargos públicos si estas no están escritas textualmente en los estatutos.
2) Solicitud de aclaración: Presentada a través del abogado del Consejo Superior de la universidad, Luis Orlando Rodríguez Gómez, alega que la sentencia es confusa y contradictoria sobre las reglas para la nueva elección. Pregunta si la norma interna que obligaba a los candidatos a inscribirse físicamente en Pamplona quedó eliminada para siempre o solo para este caso, y si el nuevo proceso debe empezar totalmente desde cero o si se pueden rescatar las inscripciones de los demás candidatos que compitieron originalmente.
Oxígeno por tiempo indefinido
Estas solicitudes actúan como un freno de mano al cumplimiento de la sentencia. El impacto principal es que el Consejo de Estado no tiene un cronograma estricto o un límite de días exactos y obligatorios para responder. Debido a la habitual carga de trabajo del tribunal, la resolución de estos memoriales podría tardar días, semanas o incluso meses. Durante todo ese tiempo de espera, la interinidad se evita y Torres continúa al mando de la universidad.
Oposición denuncian “trampa” para ganar tiempo
En respuesta, los demandantes que interpusieron la acción de nulidad electoral para tumbar la elección de Torres: Un denominado Comité Prodefensa de la Universidad de Pamplona, presidido por Javier Alberto Manrique Caballero, y de otro lado el abogado Martín Santos, reaccionaron inmediatamente a los escritos de la defensa y radicaron sus memoriales de oposición, con los siguientes argumentos:
- Que la decisión del Consejo de Estado no olvidó nada, pues su alcance era únicamente decidir si la elección de Torres fue legal o ilegal, y que eso ya se votó y se definió.
- Que el rector está usando estas figuras como una “tercera instancia” para reabrir el debate e intentar que los jueces cambien de opinión, y que eso es algo que la ley prohíbe explícitamente.
- Cuestionan que se le pida al Consejo de Estado opinar sobre elecciones futuras e hipotéticas que ni siquiera han ocurrido.
- La Veeduría solicitó formalmente al tribunal que sancione y multe económicamente a la defensa de Torres por utilizar “peticiones impertinentes” con el único fin de dilatar y retrasar el proceso (amparados en el artículo 295 del CPACA). Además, recordaron un precedente de diciembre de 2025 de la Universidad Nacional, donde el Consejo de Estado rechazó peticiones idénticas por intentar revivir debates ya cerrados.
¿Son fundadas las actuaciones de las partes?
Ambas partes tienen argumentos respaldados en las normas procesales, pero con intenciones distintas:
- La actuación del rector es legalmente válida en su forma, porque la ley le otorga el derecho de pedir aclaraciones. Se cuestiona su fuerza argumentativa, ya que la jurisprudencia es clara en que estas solicitudes no sirven para consultar el futuro ni para modificar el sentido de un fallo que ya declaró una nulidad electoral.
- La actuación de la oposición se apega al Código General del Proceso y al CPACA. Sus argumentos demuestran que las preguntas de la defensa desbordan la finalidad real de una aclaración y que el efecto práctico es, indiscutiblemente, dilatar la salida del rector del cargo.
¿Qué puede pasar ahora en la universidad?
Aunque Ivaldo Torres cuenta con un importante respaldo dentro de la Universidad de Pamplona, por ahora reina la incertidumbre, pues también hay sectores que buscan su salida. La política regional incide mucho en esta confrontación.
Entonces, se abren dos caminos:
- Si el Consejo de Estado responde rápido (días o pocas semanas): Rechazará las peticiones de la defensa, la sentencia quedará en firme, Ivaldo Torres deberá dejar el despacho inmediatamente y el Consejo Superior tendrá que nombrar un rector encargado mientras convoca a nuevas elecciones.
- Si el Consejo de Estado se demora (meses): Torres gobernará en una especie de interinato blindado, pero con un fuerte desgaste político y bajo la presión constante de la oposición, que lo acusará de mantenerse artificialmente en el cargo.
La respuesta final del magistrado ponente Luis Alberto Álvarez Parra definirá no solo la fecha exacta de la salida de Torres, sino también el mapa de ruta (si se empieza desde cero o se reanuda lo existente) para el próximo proceso electoral de la institución.
Nota: La imagen ha sido creada con IA para efectos de contexto noticioso
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