Sept 7/26 El Consejo Superior debe correr a decidir qué hacer frente a la sanción por la designación de Anderson Irlen Peña Gómez (foto) tras habérsele permitido corregir un error en la documentación allegada en su aspiración rectoral.
La Universidad de la Amazonia no logra concretar su dirección tras varios meses de intentos por consolidar el gobierno interno.
Anderson Irlen Peña Gómez participó inicialmente en el proceso de designación de rector para el periodo 2026–2028 convocado por la universidad. No obstante, en la fase inicial de inscripciones realizada entre el 1 y el 8 de octubre de 2025, el Consejo Superior Universitario (CSU) decidió por unanimidad inadmitirlo debido a que aportó un certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría perteneciente a otra persona. Ante esta exclusión inicial —y bajo el argumento de que existió un error de digitación en su número de cédula—, Peña Gómez interpuso reclamaciones formales ante el CSU en noviembre de 2025. El Consejo aceptó sus argumentos, le permitió subsanar el documento de manera extemporánea (a pesar de las reglas de preclusión del proceso) y lo incluyó en la lista definitiva de admitidos, lo que a la postre le permitió continuar en la contienda, ser elegido por el CSU el 15 de julio de 2026, en sesión extraordinaria del máximo órgano colegiado con seis votos a favor, luego de siete suspensiones al proceso, por diferentes motivos, y así y asumir la rectoría hasta su posterior suspensión por el Consejo de Estado.
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1. El fallo del Consejo de Estado y las razones de fondo
La Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección Quinta) del Consejo de Estado, mediante auto de única instancia del 3 de septiembre de 2026 con ponencia del magistrado Pedro Pablo Venegas Gil, decretó la suspensión provisional de los efectos del Acuerdo No. 053 del 15 de julio de 2026, por el cual el Consejo Superior Universitario (CSU) había designado a Anderson Irlen Peña Gómez como rector para el periodo 2026–2028.
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Inconsistencia documental inicial: Durante la etapa de inscripciones (realizada entre el 1 y el 8 de octubre de 2025), Anderson Irlen Peña Gómez aportó un certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación que correspondía a otra persona (Eduar Adrián Ramírez Quintero). En consecuencia, el 10 de octubre de 2025, el CSU decidió por unanimidad inadmitir al aspirante.
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La regla de preclusión y el “yerro mecanográfico”: El Acuerdo 054 de 2025 (norma reguladora del proceso) estableció expresamente en el parágrafo 5.° de su artículo 2.° que, una vez finalizada la inscripción, los documentos allegados y los datos consignados eran inmodificables. Sin embargo, al resolver las reclamaciones en noviembre de 2025 (Acta 029), el CSU aceptó los argumentos de Peña Gómez —quien alegó un error de digitación en su número de cédula—, le permitió subsanar la omisión aportando un nuevo certificado y lo incluyó en la lista definitiva de admitidos.
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El criterio del Consejo de Estado: El alto tribunal determinó que al permitir la subsanación extemporánea de un requisito ineludible en la fase de reclamaciones, el CSU pretermitió las reglas de la convocatoria y vulneró el principio de legalidad y el marco vinculante del proceso de selección.
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2. Interinidad en los últimos dos años
El camino hacia la designación del periodo 2026–2028 estuvo plagado de tropiezos. El cronograma inicial debió ser modificado y suspendido en al menos siete ocasiones (a través de diversos acuerdos del CSU y acciones de tutela) debido a alertas de entes de control, recusaciones y debates sobre el cumplimiento de los requisitos estatutarios.
Todo se dio tras la finalización del periodo del último rector en propiedad, el profesor Fabio Buriticá Bermeo, quien concluyó su segundo periodo estatutario como rector en propiedad el 31 de diciembre de 2025.
Ante la imposibilidad del Consejo Superior Universitario de designar un reemplazo en propiedad a raíz de las múltiples demandas, tutelas e impugnaciones que paralizaron el proceso, el CSU expidió el Acuerdo No. 102 del 23 de diciembre de 2025 mediante el cual designó a Fausto Andrés Ortiz Morea como rector encargado de la institución a partir del 1 de enero de 2026.
Tras la notificación de la suspensión provisional del Consejo de Estado, el Consejo Superior Universitario se encuentra convocado a sesionar de manera extraordinaria para definir el futuro inmediato de la rectoría, debiendo nombrar un encargado temporal mientras se surten las apelaciones y se toma una decisión de fondo sobre la nulidad electoral, escenario que obligaría a la institución a convocar un nuevo proceso de designación desde cero
Ante esta medida de carácter provisional, Peña Gómez tendrá derecho de apelación. Si la decisión queda en firme, la Institución deberá hacer un nuevo proceso de designación.
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