Qué significa ver la educación superior como un derecho fundamental. Reflexiones y retos de política pública

Qué significa ver la educación superior como un derecho fundamental. Reflexiones y retos de política pública

Sept 22/26 Si bien el estado colombiano no está obligado a garantizar un acceso universal inmediato a la educación superior, por las limitaciones fiscales, sí adquiere el deber jurídico ineludible de ampliar sistemáticamente las oportunidades de ingreso, permanencia y gratuidad gradual, quedando proscrita cualquier medida estatal o institucional que signifique un retroceso en los logros alcanzados.

Esa es la realidad normativa para un contexto donde la educación superior en Colombia enfrenta profundos desafíos de financiación, equidad y gobernanza.

Así lo explica el libro El derecho a la educación en Colombia: Una perspectiva para el ejercicio de la ciudadanía y la política pública —coordinado por Hernando Bayona Rodríguez y Gloria Lucía Bernal Nisperuza, y editado por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Colombia— y que aporta una lectura indispensable para repensar el rol del Estado y de las instituciones universitarias.

Más allá de un ejercicio formal de presentación editorial, la obra profundiza en el sentido del derecho a la educación en general y también a la superior, examinando las tensiones entre su reconocimiento constitucional, la progresividad de su garantía y los riesgos de su mercantilización.

Uno de los aportes axiales del libro (de 386 páginas) radica en desentrañar la naturaleza jurídica y social de la educación bajo el bloque de constitucionalidad y la jurisprudencia comparada e interna. A diferencia de la educación básica, cuya obligatoriedad e inmediatez están plenamente zanjadas, la educación superior se rige bajo el principio de progresividad y no regresividad. Esto significa que, si bien el Estado no está constreñido a garantizar un acceso universal inmediato debido a limitaciones fiscales, sí adquiere el deber jurídico ineludible de ampliar sistemáticamente las oportunidades de ingreso, permanencia y gratuidad gradual, quedando proscrita cualquier medida estatal o institucional que signifique un retroceso en los logros alcanzados.

Los autores y compiladores enfatizan que la educación superior no puede ni debe reducirse a una simple transacción de mercado o a la formación exclusiva de capital humano para atender las demandas del sector productivo. Por el contrario, la educación superior se reafirma como un bien público innegociable y un habilitador estructural para el ejercicio de la ciudadanía, la movilidad social y la consolidación democrática. En este sentido, la obra advierte sobre los peligros latentes de la mercantilización y los modelos de financiación desarticulados que terminan por profundizar las brechas de desigualdad socioeconómica y territorial en el país.

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Radiografía del texto

El libro se encuentra estructurado en dos grandes bloques temáticos:

Parte I (Marco general y resultados): Aborda la genealogía normativa del derecho a la educación a través de los instrumentos internacionales de derechos humanos (desde la posguerra hasta la Agenda 2030), los informes de las relatorías especiales de la ONU, el derecho comparado en sistemas de Norteamérica, Europa y América Latina, y la propuesta metodológica e implementación del Índice del Derecho a la Educación.

Parte II (Debates, desarrollos y perspectivas): Profundiza en tensiones contemporáneas críticas, tales como las agendas globales y neoliberales frente al derecho, las antinomias de la calidad educativa, los desafíos de la permanencia escolar en la ruralidad, la participación infantil y las desigualdades lingüísticas e interculturales en la formación docente.

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Principales aportes y directrices para rectores y gestores de política pública

Para los tomadores de decisiones, directivos universitarios y diseñadores de política pública, el volumen ofrece mensajes y advertencias de máxima relevancia que deben traducirse en la gestión institucional:

1) Sostenibilidad financiera por encima del gasto de funcionamiento: Los análisis presupuestales demuestran que un incremento nominal en los recursos globales del sector es insuficiente si la composición del gasto prioriza desproporcionadamente el funcionamiento y reduce los rubros de inversión real. Los gestores públicos deben asegurar una financiación suficiente, transparente y orientada a la calidad y la expansión de la oferta oficial.

2) Autonomía universitaria con responsabilidad social: Si bien la autonomía académica y administrativa es un pilar sagrado de la educación superior, los rectores y cuerpos colegiados deben comprender que esta no constituye una inmunidad frente al control constitucional. Las decisiones institucionales, los regímenes de admisión y los procesos disciplinarios están plenamente subordinados a los principios de razonabilidad, proporcionalidad, debido proceso y estricta no discriminación.

3) Superación de enfoques mercadocéntricos en la calidad: La calidad educativa no puede evaluarse exclusivamente a través de métricas gerenciales, indicadores de eficiencia administrativa o resultados aislados en pruebas estandarizadas. Se exige un concepto de calidad multidimensional que integre la pertinencia territorial, el bienestar socioemocional, la dignidad de la comunidad académica y el fortalecimiento de la planta docente.

4) Articulación entre niveles y garantía de permanencia: El tránsito armónico desde la educación media hacia la educación superior y técnico-profesional requiere programas de acompañamiento integral que mitiguen la deserción, especialmente en las regiones apartadas y poblaciones vulnerables, transformando el acceso formal en verdaderas trayectorias educativas exitosas.

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