Oct 4/22 Marelen Castillo y otros congresistas quieren que del Sistema General de Participaciones se obtengan los recursos para la gratuidad en educación superior pública.
Para ello, mediante el Proyecto de Ley 204/22, de la Cámara de Representantes, se pretende reformar el artículo 356 de la Constitución Política de Colombia.
La principal promotora es la representante (y exvicerrectora de Unimiuto) Marelen Castillo Torres, acpomañada de los senadores José Vicente Carreño Castro, Jorge Enrique Benedetti Martelo y los representantes Catherine Juvinao Clavijo, Gersel Luis Pérez Altamiranda, Erika Tatiana Sánchez Pinto, José Jaime Uscátegui Pastrana, Hernán Darío Cadavid Márquez, Juan Fernando Espinal Ramírez, Edinson Vladimir Olaya Mancipe, Miguel Abraham Polo Polo, Hugo Danilo Lozano Pimiento, Leonor María Palencia Vega, Juan Manuel Cortés Dueñas y Oscar Hernán Sánchez León.
El proyecto retoma una iniciativa similar, del proyecto de ley 279, de 2021, sobre matrícula cero que fue archivado en la legislatura pasada, cuando ni siquiera llegó a ser discutido en la Comisión Primera Constitucional Permanente.
A partir del reconocimiento de la educación como un derecho fundamental y un servicio público, se busca que el Sistema General de Participaciones, creado en el artículo 356 de la Constitución Política incluya, dentro de los servicios que, departamentos, distritos y municipios, incluya el financiamiento de la educación superior.
La gratuidad sería para los estudiantes en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica cuya vivienda del grupo familiar pertenezca a los estratos 1, 2, 3 o sin estrato (viviendas que eventualmente no cuenten con estratos pero que son de alta vulnerabilidad socioeconómica), que estén matriculados en programas activos técnicos profesionales, tecnológicos y universitarios.
Igualmente, dice el proyecto, la política pública de matrícula de Gratuidad en “Universidades Públicas”, incluirápara el estrato 1 o sin estrato, los demás gastos que correspondan a gastos administrativos, salas de cómputo, carnetización, laboratorios, y cobros que la Universidad contemple durante el semestre.
La norma contempla que el Ministerio de Educación, deberá elaborar y presentar un proyecto de ley orgánica dentro de los tres meses siguientes a la promulgación del acto legislativo con el fin de reglamentar la implementación de la matrícula de gratuidad como una política pública en educación, para universidades públicas. Así como garantizar las adiciones presupuestales necesarias para las vigencias futuras.
Clic para ver el texto del proyecto de ley
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