Nov 13/24 Se encuentra, para observaciones ciudadanas, el Proyecto de Acuerdo 01 de 2025 “Por el cual se actualiza el Modelo de Acreditación en Alta Calidad”, con el que buscan flexibilizar la acreditación y sus procesos y nace la acreditación de unidades académicas, además de la de programas y la institucional.
Hasta el próximo miércoles 27 de noviembre están habilitados los comentarios de la comunidad al proyecto de acuerdo, liderado desde Mineducación y el Consejo Nacional de Educación Superior CESU, en equipo con el Consejo Nacional de Acreditación CNA, tras un análisis de varios meses con la comunidad académica, y luego que el Consejo Nacional de Educación Superior CESU, en su sesión del pasado 31 de octubre aprobara la propuesta.
Aclara la propuesta que la actualización del modelo de acreditación no es la supresión total del articulado implementado con el Acuerdo 02, de julio de 2020, aún vigente, y que su objetivo es el de “la necesidad de racionalizar los aspectos por evaluar para la acreditación en alta calidad, de suprimir el exceso regulatorio en materia de registro calificado, de reglamentar algunos conceptos cuya aplicación disímil, por los diferentes actores, que ha generado retrasos en los trámites y la necesidad definir nuevas medidas que afiancen la confianza, la autonomía y la colaboración entre las instituciones y los programas fortaleciendo el vínculo de las comunidades académicas y garantizando una oferta de educación superior con calidad y pertinencia para todos y todas”.
Algunos de los cambios más significativos:
– Aparece el concepto de unidad académica acreditable como “una estructura orgánica académico administrativa en la que la IES agrupa, integra, administra y gestiona programas académicos de pregrado y/o posgrado” y que “ha mantenido su identidad en procesos de gestión académico-administrativa por más de cinco (5) años y que ha liderado y tiene vigente la acreditación de al menos el treinta por ciento (30%) de los programas académicos acreditables”. Así, “en el trámite de la acreditación de una unidad académica, los programas académicos acreditables que pertenezcan a la misma unidad académica podrán acreditarse o renovar su acreditación de alta calidad, si cumplen con las condiciones de calidad requeridas”.
De esta forma ahora habría acreditación de instituciones, de unidades y multicampus.
– Desaparece el concepto de resultados de aprendizaje, tan cuestionados por quienes consideraban que evaluar desde dicha mirada afectaba la autonomía universitaria.
– Los programas académicos acreditables son aquellos que no solo tengan 8 años de funcionamiento, sino que también deben tener, como mínimo 4 cohortes de graduados
– Se integran en un solo factor recursos físicos, tecnológicos, medios educativos y ambientes de aprendizaje, para que el nuevo factor número 12 sea el de “Aseguramiento de la alta calidad”, en la idea, dice la motivación, de consolidar los Sistemas Internos de Aseguramiento de la Calidad.
– Se permitirá que las IES con acreditación institucional vigente no requerirán de la apreciación de condiciones iniciales para la acreditación por primera vez de los programas académicos de pregrado y posgrado, ni de unidades académicas. En el caso de las instituciones con acreditación por campus, sí se requiere la apreciación de condiciones iniciales cuando la unidad académica o el programa académico se encuentre en un campus no acreditado; aunque sus códigos SNIES estén asociados a un campus acreditado.
– Hay un cambio sustancial, en las condiciones iniciales y es que ya no es una restricción para avanzar en estas el “no haber sido sancionada la IES ni sus directivos, representantes legales, consejeros, administradores, revisores fiscales o cualquier persona que ejerza la administración y/o el control de la IES en los últimos cinco años por incumplimiento de las normas de educación superior, ni tener vigentes medidas preventivas o de vigilancia especial”. Lo que dice la propuesta es “no tener vigentes sanciones administrativas, medidas de vigilancia especial o medidas para la protección temporal de los recursos, bienes y activos de la institución, ni tener pendiente el cumplimiento de estas”.
– También se dice que “para el proceso de renovación de la acreditación institucional se debe tener al menos acreditados el treinta por ciento el (30%) de los programas académicos acreditados sobre los acreditables o demostrar el incremento en el número de programas acreditados con relación al proceso de acreditación anterior”.
Clic para acceder al documento de propuesta de nuevos lineamientos
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