Con oposición de Mineducación, avanza en Congreso ley de autonomía a IES oficiales no universidades

Con oposición de Mineducación, avanza en Congreso ley de autonomía a IES oficiales no universidades

Mayo 17/18 Más allá de lo que significa autonomía para estas IES, el fondo está en el financiamiento por la Nación.
 
Aunque el proyecto de ley “por medio del cual se reglamenta la Autonomía de las Instituciones Técnicas, Profesionales, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas que no son Universidades de conformidad con la Ley 30 de 1992”, públicas, ha logrado avanzar en Senado (111 de 2016) y Cámara (300 de 2017), ahora entra en su fase final en el Congreso.
 
La Red de Instituciones Técnicas Profesionales, Tecnológicas y Universitarias Públicas Red TTU, es la más interesada en sacar adelante el proyecto, que ha contado con el apoyo de los representantes Martha Patricia Villalba Hodwalker, Wilmer Ramiro Carrillo y Jairo Enrique Castiblanco Parra, pues su aprobación les llevaría a modificar la estructura de estas IES en el contexto del sector público, y replantear el modelo de financiamiento del Estado.
 
La iniciativa busca que estas IES sean transformadas de establecimientos públicos en entes autónomos.

Rechazo de Mineducación

No obstante, el Ministerio de Educación se ha opuesto a la iniciativa de ley, entre otros porque:
 
El proyecto llevaría a una modificación de la estructura administrativa del orden nacional, que implicaría modificar la naturaleza jurídica de dichos establecimientos públicos, con lo cual se presentan dificultades financieras, operativas y de interpretación en relación con los siguientes puntos: i) no es claro quién debe asumir la
financiación de estos “entes autónomos”; ii) se deben definir las consecuencias que puede acarrear dicha conversión a los docentes y planta administrativa de estas instituciones, atendiendo a que para su conversión deberían liquidarse previamente, según lo dispone la Ley 489 de 1998; iii) la figura de “entes autónomos” entendida como la autonomía otorgada a las Universidades, es incompatible con la naturaleza jurídica de estos establecimientos
públicos; y, iv) la conversión de estas instituciones como “entes autónomos” pero manteniendo su naturale za jurídica de establecimientos públicos, estaría creando una nueva categoría no contemplada en el artículo 113 de
la Carta Política.
 
Insiste el Ministerio que la Ley 30 de 1992 reservó la naturaleza jurídica de “entes autónomos” a las universidades, pues es la única forma como el Legislador pudo excluirlas de la estructura administrativa del orden nacional y territorial, con el fin de garantizarles la posibilidad de que cumplieran sus funciones de docencia, investigación y extensión sin la interferencia de un poder externo, que es precisamente, larazón de ser de la autonomía universitaria.
Advierte que de darse la ley se corre el riesgo de que estas IES, puedan quedar excluidas del Presupuesto General de la Nación o del presupuesto de la respectiva entidad territorial. “No sobra anotar en este punto, que las referidas instituciones tampoco podrían recibir los recursos señalados en los artículos 86 y 87 de la Ley  30 de 1992, en la medida en que estos son repartidos por la Nación teniendo en consideración el carácter de universidad que ostenten las instituciones oficiales”, dice en su concepto el Ministerio.

Frente a este panorama, la REDTTU envió, a través de su Director Ejecutivo, Felipe Ortiz, envió una comunicación al presidente Santos, la ministra de Educación Yaneth Giha y el ministro de Hacienda Mauricio Cárdenas, en la que pide su apoyo para “fundamentar este propósito en el fortalecimiento y promoción de la educación técnica y tecnológica en el país, ofrecida por 29 instituciones de educación superior públicas localizadas en 14 regiones del país, -varias de ellas en regiones apartadas, con una población estudiantil de más de 130.000 jóvenes, principalmente de los estratos 1, 2 y 3”.

La misiva recuera cómo “con fundamento en el origen constitucional de la autonomía universitaria, (artículo 69), y en las sucesivas sentencias de la Corte Constitucional que han desarrollado el principio de la autonomía universitaria, el Congreso de la República viene tramitando desde el año 2016 con el firme y decidido respaldo de la REDTTU, un proyecto de ley por medio del cual se reglamenta la “Autonomía de las Instituciones Técnicas Profesionales, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas que no son Universidades”.

La plenaria del Senado aprobó en 2017 el proyecto de ley 111, y lo propio ocurrió en la Comisión Sexta de la Cámara de representantes bajo el proyecto de ley 300/2017. En este momento la Presidencia de la Cámara de Representantes ha incluido para discusión de la sesión plenaria de la Corporación que se inicia, el informe de ponencia correspondiente, el cual esperamos sea aprobado durante el actual periodo de sesiones legislativas.

Por tratarse de una iniciativa de la mayor importancia que asegura la autonomía en las instituciones de educación superior estatales que hoy tienen la condición de establecimientos públicos, y nos ofrece mayores garantías para el cumplimiento de nuestra meta principal, “La Educación Superior Pública de Calidad, fundamento de nuestra misión”, nos permitimos señor Presidente, llamar su atención sobre este proyecto de ley y solicitarle a usted y a su equipo de gobierno, en particular a la señora Ministra de Educación y al señor Ministro de Hacienda, su apoyo en el trámite final de esta iniciativa que responde a uno de los anhelos de equidad y justicia que demanda el sector de la educación técnica y tecnológica pública del país.

Argumentos de los congresistas defensores del proyecto de ley

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