Consejo Superior Universitario de la UIS actuó en derecho

Erwing Rodríguez-Salah defiende, en el diario El Frente, el desenlace jurídico del cuestionado proceso de elección de rector de la UIS.

Mal precedente hubiese sido para el país en general y para el Sistema Universitario Estatal, en particular, el de la UIS, en el caso que el Tribunal Superior del Distrito de Bucaramanga no hubiese corregido el fallo de tutela de primer grado mediante el cual se nombró rector, por este mecanismo -facultad que sólo corresponde al Consejo Superior Universitario (CSU)-, en contravía de la autonomía universitaria. La ponencia del Magistrado Diettes Luna es muy clara: el CSU de la UIS actuó en derecho.

Dice claramente la ponencia, del 24 de septiembre de 2012, del Magistrado del Tribunal Superior del Distrito de Bucaramanga, Juan Carlos Diettes Luna, en cuanto a la actuación del CSU de la UIS: “la del órgano colegiado accionado no puede ser calificada como ilegal y caprichosa, pues lo cierto es que su decisión derivó de válidos razonamientos fácticos y jurídicos, tal como lo concluyeron otros despachos judiciales que conocieron sobre trámites constitucionales similares que cursaron a instancias de otros interesados”. Cita el fallo, a su vez, a una sala homóloga del Tribunal Superior, al resolver la acción de tutela instaurada por el apoderado de Juan Manuel Latorre Carvajal “…no se advierte que la decisión del CSU de la UIS de finalizar el proceso de selección del rector previsto en el Acuerdo No. 07 de 2012 sea arbitraria o abiertamente ilegal, pues conforme las normas universitarias allegadas a esta instancia por las partes, esto es, los Acuerdos No. 166 de 1993 ó Estatuto General de la UIS y Nos. 017 y 018 de 2012, no le está vedado a ese órgano de Gobierno adoptar una decisión en ese sentido, que conlleve a que esta instancia deba adoptar medidas inmediatas para restablecer al accionante su derecho al debido proceso administrativo…”

También aclara, en otro de sus apartes, el concepto de mayoría de los miembros: “el H. Consejo de Estado en sentencia del 11 de diciembre de 2003 –con ponencia de la Honorable Consejera María Nohemí Hernández Pinzón- discernió que en las elecciones efectuadas por órganos colegiados prevalece la elección por la mayoría de los miembros, es decir, la mitad más uno, en caso de no establecerse una mayoría decisoria calificada”. En otras palabras para ser rector de la UIS se requiere de al menos 5 votos, de los miembros que conforman el CSU.

Por último, esta situación nos dejó como enseñanza que la tutela también tiene sus límites. Concluye la sentencia de Diettes Luna que la tutela, interpuesta por Gilberto Carrillo era improcedente porque el acto definitivo criticado era susceptible de los recursos previstos en la ley  y que  no se estructura un perjuicio de carácter irremediable que amerite la actuación de un juez como mecanismo transitorio.

El ambiente de incertidumbre que ha vivido la UIS sirvió para que muchos quisieran pescar en río revuelto. Este servidor renunció al Consejo Rector de la Fundación para el Desarrollo de la UIS –Fundeuis- por considerar que esta organización acabó de perder su norte, ante un comunicado, prácticamente, inconsulto -el parecer quizá de una o un par de personas que no refleja el sentir de aquella como cuerpo-; sin argumentos, ni conocimiento de causa, no digno de una organización que se enorgullece de tener como misión “apoyar el desarrollo integral de la UIS”. Ante la buena salud financiera que goza la UIS, el comunicado de Fundeuis, sin argumentos válidos, sin los debidos soportes y pruebas, afirmaba, de forma temeraria, del “…modelo de universidad con predominio de indicadores económicos, con contratación desmesurada de profesores hora cátedra y órdenes de prestación de profesionales,…”, lo cual es una apreciación salida de  contexto; un atropello contra todo el cuerpo de la UIS, en cabeza del rector, el CSU y el Consejo Académico. “Palo porque bogas, palo porque no bogas”. Si la UIS presentara malos resultados financieros estarían criticando al hoy ex rector Jaime Camacho Pico, pero como ocurre todo lo contrario, se creen con derecho para hacer estas afirmaciones temerarias. Pregunté por los argumentos del desatinado comunicado, y jamás obtuve respuesta. Es eso ¿velar por el desarrollo integral de la UIS? Por contera, después salió un segundo comunicado de Fundeuis que, como “fino” acto de lambonería, hablaba del, en ese entonces, rector nombrado por tutela, de su “sobrada experiencia”, sin tener en cuenta que dicho fallo ya estaba en revisión por el Tribunal Superior del Distrito de Bucaramanga. No podemos prestarnos para ser idiotas útiles de nadie. Por ello presenté mi renuncia.

Por ahora, hay un parte de tranquilidad: la Universidad queda en las manos de Álvaro Gómez Torrado, rector encargado, persona proba para liderar los destinos de la UIS, mientras el CSU establece las normas de juego para el nuevo proceso de elección de rector. Así que desde ya, las personas que quieran postularse pueden preparar hoja de vida y propuesta de gobierno para el alma mater. Que no estén diciendo luego que hay “apresuramientos para nombrar el nuevo rector”.

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