Feb 15/22 Lo prohíbe una norma de hace 46 años, que ahora revive ante la posible inhabilidad de uno de los aspirantes más fuertes a la rectoría de la U de Caldas.
Se trata del caso de Fabio Hernando Arias Orozco, quien se inscribió como candidato para la rectoría de dicha Universidad Pública, pero estaría incurso en inhabilidad para ello a la luz del Decreto 128 de 1976, aún vigente.
Lo que prohibe la norma
Dicha norma, o “estatuto de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas y de los representantes legales de estas”, aplicable a los miembros de las juntas o consejos directivos de los Establecimientos Públicos, de las Empresas Industriales o Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta en las que la Nación o sus entidades posean el noventa por ciento (90%) o más de su capital social, y a los gerentes, directores o presidentes de dichos organismos, implica los representantes y delegados del Gobierno Nacional en universidades oficiales, dado que éstas son establecimientos públicos.
El artículo décimo de dicho decreto dice: De la prohibición de prestar servicios profesionales. Los miembros de las juntas o consejos, durante el ejercicio de sus funciones y dentro del año siguiente a su retiro, y los gerentes o directores, dentro del período últimamente señalado, no podrán prestar sus servicios profesionales en la entidad en la cual actúa o actuaron ni en las que hagan parte del sector administrativo al que aquélla pertenece.
Vale señalar que dicho decreto también extiende las incompatibilidades, en su artículo 14:
De las incompatibilidades de los miembros de las juntas y de los gerentes o directores. Los miembros de las juntas o consejos directivos y los gerentes o directores no podrán, en relación con la entidad a la que prestan sus servicios y con las que hagan parte del sector administrativo al cual pertenece aquella:
a) Celebrar por sí o por interpuesta persona contrato alguno;
b) Gestionar negocios propios o ajenos, salvo cuando contra ellos se entablen acciones por dichas entidades o se trate de reclamos por el cobro de impuestos o tasas que se hagan a los mismos, a su cónyuge o a sus hijos menores, o del cobro de prestaciones y salarios propios.
Las prohibiciones contenidas en el presente artículo regirán durante el ejercicio de las funciones y dentro del año siguiente al retiro de la entidad.
Tampoco podrán las mismas personas intervenir, por ningún motivo y en ningún tiempo, en negocios que hubieren conocido o adelantado durante el desempeño de sus funciones.
No queda cobijado por las incompatibilidades de que trata el presente artículo el uso que se haga de los bienes o servicios que la respectiva entidad ofrezca al público bajo condiciones comunes a quienes los soliciten.
Quienes como funcionarios o miembros de las juntas o consejos directivos de los organismos a que se refiere este artículo admitieren la intervención de cualquier persona afectada por las prohibiciones que en él se consagran, incurrirán en mala conducta y deberán ser sancionados de acuerdo con la ley.
El caso de Arias Orozco
El político y ex Vicerrector Administrativo y Financiero de la Universidad de Caldas, y también ex Secretario de Educación del Municipio de Manizales y actual Secretario de Educación de Caldas, Fabio Hernando Arias Orozco (foto), postuló su nombre como aspirante a la rectoría de la Universidad, en un proceso que se concretará el próximo 6 de mayo con la elección de nuevo rector (o re-elección de Ceballos Márquez) por parte del Consejo Superior.
No obstante su interés, Arias Orozco estaría inhabilitado por haber participado, en condición de Representante del Gobernador del departamento de Caldas -Luis Carlos Velásquez Cardona- en el Consejo Superior de la Universidad, hasta el mes de agosto de 2.021; es decir, menos de un año antes de lo definido por la Ley.
Arias Orozco participó por última vez en la sesión del 11 de agosto de 2021, para la del 31 del mismo mes, ya había nueva delegada de la Gobernación (Paula Andrea Toro Santana).
El seretario de Educación de Caldas había comenzado su participación como delegado del gobernador en el Consejo Superior desde el 28 de enero de 2020 y así actuó hasta el 11 de agosto, tal y como quedó consignado en el acta Nro. 24 de ese órgano colegiado.
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