Julio/23 Este mes, Forero Robayo trae un recuerdo de cómo se abordó la construcción de la Ley 30/92, algunas de sus experiencias y cómo estos referentes deberías ser considerados en el escenarios actual de posible reforma de la misma.
El trámite de esta ley sobre educación superior (ES) tuvo una amplia discusión por los distintos actores, ayudó mucho un documento base que promovió el Instituto para el Fomento de la Educación Superior (ICFES) a cargo de un grupo de académicos de gran reconocimiento, también la voluntad política del gobierno en cabeza de un experimentado ministro de educación, Carlos Holmes Trujillo (q.e.p.d) y un director del ICFES de amplio recorrido en el sector y buena experiencia parlamentaria, Roque González; en un momento de un nuevo marco constitucional donde quedó consagrada la autonomía universitaria. Actuó como ponente principal en el Senado de la República, donde empezó el trámite, el senador Ricardo Mosquera, reconocido exrector universitario.
Finalmente expedida y sancionada a finales de diciembre de 1992, quedaron consignadas algunas ilusiones que desafortunadamente no han podido ser plasmadas en todo el largo periodo de implementación. Haré referencia a alguna de ellas con la esperanza de motivar aprendizajes y autocríticas en estos momentos reformistas, cuando se puede dar la ausencia de un relato de futuro que ilusione a la gente.
Las leyes que regulan los sistemas deberían tener claro el tipo de problemas fundamentales que propician resolver, creando unas condiciones que induzcan a procesos, que se fortalezcan mediante la facultad reglamentaria que tienen los gobiernos; por ello entre menos artículos contengan se garantizaran formas creativas que lleven a círculos virtuosos y participativos para obtener resultados beneficiosos para la sociedad.
Un problema central que quiso abordar la Ley 30 y del cual se deriva una ilusión frustrada, es el de la descentralización de la ES. El proyecto de ley fue presentado al Senado de la República el 10 de junio de 1992, ni en el documento de base, ni en el proyecto de ley presentado por el gobierno, existía una concepción profunda de cómo relacionar la ES con el proceso descentralizador del país y con el impulso al desarrollo regional.
El parlamento, especialmente la Cámara de Representantes, sin gran coherencia consolidó 21 artículos relacionados con este tema, que cubrieron aspectos como: el financiamiento, las formas de operación de las IES, el Sistema de universidades estatales (SUE), los Comités regionales de educación superior (CRES), y lo concerniente a la concordancia en la planeación institucional. Las dos estrategias o mecanismos fueron el SUE y los CRES, para dar pasos en la descentralización del sistema y en el impulso al desarrollo regional, así como las formas para contribuir efectivamente al proceso interno de transformación y cambio de las propias Instituciones de Educación Superior (IES).
Los CRES aparecieron en la Cámara, en la parte final de la discusión, sin mayores explicaciones y argumentos, confiando en la parte reglamentaria para su desarrollo. Efectivamente mediante decreto 2589/93 se reestructuró el ICFES y las funciones sobre los CRES y el SUE se le atribuyeron a la Subdirección de Planeación. Luego el Acuerdo 200 del 20 octubre de 1993 del ICFES, estableció las funciones de los CRES, determinados en el artículo 133 de la ley 30/92, allí se les dieron 24 funciones. Complementariamente se expidió el Acuerdo 201 del mismo año, donde se determinó la clasificación de regionalización en 6 CRES.
En mayo de 1995, se aprobó un documento CONPES (lineamientos de política sobre un tema social o económico que lidera el Departamento Nacional de Planeación) sobre educación superior y se hizo más visible la participación de Instituto Colombiano de Ciencia y Tecnología (COLCIENCIAS). Mientras que, para la otra estrategia, solo hasta finales de 1998 se reglamentó el SUE, mediante Resolución ministerial, para repartir recursos de manera individual en desarrollo del artículo 87 de la ley 30/92, es decir “la primera obra del sistema fue actuar anti sistémicamente”.
El ICFES, contrato con el CIDER (Centro especializado en desarrollo regional de la Universidad de los Andes), un estudio que se tituló “Norte para los CRES”, allí se proponía trabajar con las unidades de planificación regional denominadas CORPES. El enfoque del estudio fue muy interesante y señaló ideas como la siguiente: “la educación superior con enfoque regional es una estrategia que tiene por objeto definir el norte de los CRES, de manera que de su funcionamiento y capacidad de gestión se aporte al desarrollo integral de las regiones y localidades del país”.
Por diferentes errores de parte de los gobiernos y de las IES, no suficientemente reconocidos y analizados, los CRES iniciaron un proceso de marchitamiento y se terminó perdiendo esta estrategia para descentralizar la ES y contribuir sistémicamente al desarrollo regional. Sin embargo, bajo el marco constitucional y su espíritu descentralista fueron apareciendo diferentes expresiones asociativas muy orientadas hacia lo local y lo regional; unas veces por iniciativa de las propias IES, otras veces en desarrollo de una nueva institucionalidad para promover la descentralización de ciertos temas y con una buena presencia de la academia entre los actores líderes.
De tal manera que el diseño de la Ley 30/92 no terminó siendo eficaz para los propósitos de promover el desarrollo regional (Ilusión frustrada), así se hubieran incluido 21 artículos de la ley y determinado una estrategia central como los CRES. Una vez más se concluye que los procesos virtuosos que genera una ley no dependen de abundantes artículos, tal como también se demostró con el proceso que impulso la acreditación y el sistema de aseguramiento de la calidad, que con solo 2 artículos tuvo la virtud de desatarlo para construir e implementar este sistema.
Los avances registrados de la contribución de la ES a la descentralización y al desarrollo local y regional han venido desde: las dinámicas de Asociaciones regionales de IES; algunos proyectos específicos de regionalización de IES; la conformación de Agencias regionales de ES en algunos pocos casos, con programas financiados localmente y una nueva institucionalidad con participación de las IES. La regionalización de los Sistemas de: ciencia y tecnología, de competitividad, y los Comités Universidad – empresa – Estado, CUES; en el marco de una nueva institucionalidad con presencia de la academia en ecosistemas específicos.
Los anuncios de reforma integral de la ley 30/92 ojalá identifiquen este problema nodal y cree condiciones y dinámicas virtuosas para que los ecosistemas universitarios regionales contribuyan de manera efectiva en atender los grandes desafíos que tiene la sociedad en estos entornos regionales altamente cambiantes. No se requieren una gran cantidad de artículos dispersos en una ley, sino unas condiciones básicas para la puesta de inteligencias colectivas en favor del desarrollo en contextos específicos. En otras columnas nos ocuparemos de otras ilusiones frustradas que nos dejó la ley en comento.
![]()
