Enero 22/24 La Contraloría General dice que, en 2023 (con el actual director del SENA), la entidad de formación falló en la gestión ocasionando hallazgos fiscales. El SENA dice que no conoce el fallo y defiende su gestión.
Las irregularidades denuncias por la Contraloría
La Contraloría General de la República, a través de la Contraloría Delegada para el Sector Inclusión Social, realizó Auditoría de Cumplimiento en la que detectó hallazgos fiscales por $47.261 millones, derivados de irregularidades detectadas en el manejo de los recursos del SENA – Fondo Emprender y la contratación derivada de la ampliación de la urgencia manifiesta declarada para dar continuidad a los servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones – TIC.
El hallazgo de mayor cuantía se consolidó luego de que se revocara el proceso de licitación para prestar los servicios TICS del SENA, que ya contaba con oferta habilitada para adjudicar y suscribir contrato.
La entidad y Colombia Telecomunicaciones suscribieron un contrato interadministrativo con el objeto de prestar los servicios de Tecnologías de la Información y Comunicaciones – TICS para su correcto funcionamiento de manera continua y permanente en todas las sedes del SENA y aquellos servicios y bienes conexos y complementarios necesarios para la operación del servicio por Urgencia Manifiesta, por $210.228 millones, y plazo de 5 meses contados a partir del 01/08/2023 hasta el 31/12/2023.
Para la Contraloría, el SENA, al tomar la decisión de revocar el proceso licitatorio, y prolongar la contratación suscrita en virtud de la declaratoria de urgencia manifiesta por valores superiores a los previstos para dicha prestación de los servicios, incurrió en una gestión fiscal antieconómica, generadora de detrimento patrimonial, por $43.660 millones, diferencia en valores pagados en mayo de 2024, en el contrato con Colombia Telecomunicaciones versus lo valores que hubiese pagado por los servicios de TIC del proceso licitatorio.
Este valor se suma a los $45.733 millones configurados como detrimento patrimonial, producto de la verificación de la contratación derivada de la primera urgencia manifiesta; hallazgos establecidos en la atención de denuncia por parte de la Dirección de Vigilancia Fiscal de la Contraloría Delegada para el Sector Inclusión Social.
Perdida de recursos por vencimiento y gestión de recuperación de cartera
El Contrato Interadministrativo suscrito entre el Fondo Emprender del SENA y el operador, tiene por objeto contratar los servicios de gestión, operación, administración de los recursos e implementación de la ruta completa de creación, puesta en marcha, sostenibilidad de los proyectos del Fondo y recuperación de cartera, entre otros. Del Contrato Interadministrativo se derivaban los Contratos de Cooperación Empresarial, suscrito entre el operador, el SENA – Fondo Emprender y los emprendedores beneficiados.
El recurso adjudicado a cada Contrato de Cooperación Empresarial puede ser condonado, siempre y cuando el emprendedor cumpla con las exigencias establecidas en las cláusulas contractuales, de lo contrario, dicho recurso debe ser reembolsado por los beneficiarios al SENA – Fondo Emprender de acuerdo con las cláusulas contenidas en el contrato y cuyo respaldo es un pagaré.
En la auditoría que adelantó la Contraloría se encontraron, en los casos de no condonación de los planes de negocio, serias deficiencias y falta de diligencia por parte del SENA – Fondo Emprender en lo que respecta a la efectiva gestión y recuperación de cartera, generando una pérdida de recursos públicos por $3.601.352.360, debido al mal manejo y la no gestión oportuna a la hora de recuperar los recursos que eran reembolsables.
Debilidades en la gestión y operación de los recursos
Adicionalmente, se evidenciaron deficiencias en la gestión del SENA – Fondo Emprender, que ponen en riesgo la efectividad y continuidad del fondo en la promoción y creación de nuevas empresas y generación de empleo en el país, como: incumplimiento de requisitos técnicos y jurídicos en la etapa de formulación de los proyectos, que puede derivar en cambios en el objeto de los planes de negocios o su cierre y el consecuente riesgo de la inversión pública; prescripción de pagarés, gestión y seguimiento de cartera y demora en la expedición de resoluciones de planes condonados; demora en la suscripción de contratos de Encargo de Fiducia para la administración de los recursos del capital semilla y debilidades en el seguimiento por parte de Fondo Emprender SENA a los planes de negocio ya condonados.
Por estos y otros hallazgos la Contraloría constituyó dieciséis hallazgos administrativos de los cuales, dieciséis (16) tienen presunta incidencia disciplinaria y dos (2) tienen incidencia fiscal por $47.261.757.461.
La defensa y las explicaciones del SENA
2. En relación con los resultados de la auditoría de cumplimiento adelantada por la Contraloría, el SENA aclara que la Entidad proporcionó de manera oportuna toda la información requerida y colaboró activamente con las explicaciones necesarias durante el proceso. Una vez se identificaron los hallazgos, se elaboraron los correspondientes planes de mejoramiento, los cuales fueron revisados y aprobados por el mismo órgano de control, asegurando que las medidas fueran claras, viables y orientadas a resolver las observaciones detectadas.
Actualmente, el SENA se encuentra ejecutando las actividades definidas en dichos planes, cumpliendo con los compromisos establecidos para garantizar la optimización de los procesos y la adecuada gestión de los recursos públicos, y la Contraloría realiza un seguimiento periódico para verificar el cumplimiento de las actividades y compromisos establecidos en el plan de mejoramiento.
3. Un proceso licitatorio puede ser revocado en cualquier etapa del procedimiento, siempre y cuando se haga en estricto cumplimiento de la normativa vigente y respetando los principios de transparencia, legalidad y selección objetiva que rigen la contratación pública, tal y como lo hizo el SENA en el proceso de selección de los servicios tecnológicos. Esta decisión, lejos de ser irregular, fue una herramienta legítima usada por esta Entidad para garantizar el adecuado uso de los recursos públicos y para defender la selección objetiva. Es importante resaltar que la revocatoria de un proceso licitatorio es una medida usual en este tipo de procedimientos y se adopta cuando se identifican circunstancias que podrían afectar el interés general.
4. En el periodo 2023-2026 se alcanzarán ahorros estimados en 250 mil millones de pesos, gracias a la implementación de la estrategia “SENA proveedor SENA” que asumirá los servicios de integración, cableado estructurado, energía eléctrica regulada, mesa de servicio y comunicaciones unificadas.
5. En relación con el Fondo Emprender del SENA, este cumple las funciones de su misionalidad y continúa operando normalmente, así como lo ha venido haciendo en estos 23 años, actuando de acuerdo con lo establecido en la ley, con los tiempos y procesos internos; siempre en beneficio de las y los emprendedores colombianos. A la fecha, los recursos del Fondo Emprender no se encuentran en riesgo y se actúa de acuerdo con la ley en su salvaguarda y buen uso.
6. Respecto al valor de la cartera del Fondo Emprender derivada de los recursos no condonados a los beneficiarios, por un valor de $3.601.352.360, es pertinente aclarar que este valor corresponde al 1% aproximadamente, respecto al presupuesto asignado Fondo en las vigencias 2015 al 2018, que corresponde a la pasada administración, y que ascendió a $335.000.000.000. Por lo tanto, afirmar que está “en riesgo la efectividad y la continuidad del Fondo en la promoción y creación de nuevas empresas y la generación de empleo en el país”, no se ajusta a la realidad.
7. La condonación de recursos del Fondo Emprender obedece a una serie de requisitos y procedimientos que deben ser cumplidos por los emprendedores de conformidad con lo establecido en la ley, es decir, no se trata de una decisión discrecional de la administración. A la fecha, el Consejo Directivo del SENA ha proferido más de 27 resoluciones, para un total de 2.734 planes de negocio condonados o no condonados; es importante resaltar que, gracias a las gestiones de la actual administración, la no condonación es inferior al 2% del total de planes de negocio beneficiados.
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