Piedras angulares entre la Constitución y la Ley Estatutaria de Educación: Jaime Alberto Cataño Cataño

Piedras angulares entre la Constitución y la Ley Estatutaria de Educación: Jaime Alberto Cataño Cataño

Junio/24 Cataño, reconocido jurista en educación superior, advierte los riesgosos impactos de impulsar la ley estatutaria de espaldas a otras realidades.

Durante los últimos días los colombianos habíamos hecho realidad el principio democrático del consenso en medio de la diferencia con el acercamiento de posturas distintas en puntos neurálgicos para la mejora y expansión de la educación a ciudadanos de los grandes centros urbanos, la ruralidad, en situaciones de protección constitucional o condiciones especiales para garantizar el ejercicio de este derecho.

Se había logrado un acuerdo sobre lo fundamental que no puede ser desconocido en la calle con irrespeto por las instituciones y la palabra empeñada por la ministra de Educación con la sociedad de construir consensos y respetar acuerdos; de los congresistas de preservar el debate democrático; y por último, de una ciudadanía confiada en las instituciones democráticas.

La propuesta contenida en la Enmienda y que era objeto de conversaciones entre las partes durante los últimos días se había tejido en medio de la Colombia diversa representada en todos y cada uno de los congresistas, rectores de instituciones educativas, agremiaciones de diversa naturaleza, expertos, maestros, estudiantes y padres de familia.

En la propuesta de Ley Estatutaria, distinta a la Enmienda acordada en la Comisión Primera del Senado que se seguía ajustando, y que fue radicada el jueves 13 de junio, se replica lo aprobado en la Cámara de Representantes. En esa propuesta, que ignora los consensos alcanzados en el Senado, hay una reforma tácita a la constitución porque se construye sobre un tratamiento desigual a los iguales, asume una definición de la autonomía universitaria que debilita la autonomía de la voluntad privada porque no garantiza desde el Estado la igualdad de condiciones económicas para los prestadores públicos y privados de los servicios educativos, desestima los méritos como garantía para el mejor gobierno de las instituciones educativas públicas y privadas imponiendo una sola forma de elección de rectores y directivos mediante sistemas electorales directos, impone un modelo educativo no diverso pero afín con una concepción de “diversidad” propia del gobierno progresista compartida por sus electores pero no por el total de los colombianos, haciendo improbable para el futuro la pluralidad de una oferta académica fundada en distintas posturas filosóficas, políticas, económicas, religiosas y epistemológicas imponiendo la visión del estado educador bajo la premisa de un deber garantista del derecho a la educación y a la autonomía universitaria.

El poder público ejercido a través de las instituciones establecidas en la Constitución no es apropiable sino administrado en el marco del principio de legalidad por minorías o mayorías. Por tanto, el poder público, es un bien común que procura la convivencia armónica entre los diferentes garantizando la consecución, administración y preservación de los bienes de todos, llámense públicos o fiscales. La necesaria divergencia política no debe destruir el diálogo democrático con la asunción de posturas extremas que conduzcan a la imposición de ideologías y la flagrante infidelidad a los principios democráticos de la buena fe, la confianza legítima, los pesos y contrapesos, la garantía de los derechos fundamentales políticos, sociales, económicos y culturales. 

Con la protesta callejera hay que decir en esta ocasión, que ganaron las minorías y perdieron los niños, niñas, adolescentes, adultos y adultos mayores en la garantía de a su derecho fundamental a educarse en un entorno pluralista y democrático.

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