Sept 17/21 Los resultados nacionales de inglés en las pruebas Saber 11 han caído dramáticamente. Proyecto haría que en todos los programas e IES se trabaje el bilingüismo.
La iniciativa pone el dedo en la llaga en un tema conocido, pero poco discutido en el sector: El problema de bajos niveles de formación en un segundo idioma de los universitarios, así como el enorme embudo que tienen muchas IES que piden altos niveles de suficiencia y los estudiantes, con todos los requisitos del plan de estudios listos para graduarse, menos su dominio en inglés u otro idioma.
El Proyecto de Ley 326 de 2021 “Por medio del cual se crea la Política Pública Nacional en Bilingüismo (PPNB) y se dictan otras disposiciones”, recién radicado por el representante a la Cámara por el Atlántico, Armando Zabaraín D´arce, sirve para analizar el tema.
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La iniciativa, que como pocas de las radicadas en el Congreso de la República, tiene una detallada justificación, análisis estadístico y consulta a las IES, busca que todos los niveles educativos trabajen la formación en bilingüismo y propone explícitamente reformar artículos de la Ley 30 de 1992, o general de educación superior, en aspectos como:
1) Adicionar al artículo 6o. de la Ley 30, sobre los objetivos de la educación superior, un nuevo literal que hable de “desarrollar las habilidades comunicativas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en una lengua extranjera”.
2) Adicionar al artículo 9o. de la Ley 30, sobre los programas de pregrado, un parágrafo que diga que: “Dada la coyuntura actual del ejercicio de las ocupaciones, profesiones y/o disciplinas de diversa naturaleza, los programas de pregrado incorporarán como eje transversal, sistemático, progresivo y gradual la enseñanza en una segunda lengua, siempre basados en los lineamientos establecidos por la Política Pública Nacional de Bilingüismo”.
3) Modificar los artículos de la Ley 30 de 1992 que tratan de las distintas IES (técnicas profesionales, instituciones universitarias, escuelas tecnológicas y universidades), y en cada uno de ellos agregar que “estas instituciones incorporarán como eje transversal, sistemático, progresivo y gradual la enseñanza en una segunda lengua, siempre basados en los lineamientos establecidos por la Política Pública Nacional de Bilingüismo”.
4) Para asegurar el cumplimiento de la política propuesta, se busca conformar una Comisión Asesora para la Política Pública Nacional de Bilingüismo, en la que participen, entre otros, el Viceministro de Educación Superior, y tres representantes de Instituciones de Educación Superior: uno por parte de las universidades públicas, uno por parte de las universidades privadas y uno por parte de las instituciones técnicas o escuelas tecnológicas.
5) Lineamientos específicos para las IES. De prosperar el prpoyecto de Ley, éstas deberán seguir las siguientes acciones:
a. Siguiendo el principio de gradualidad y entendiendo el nivel actual de competencias desarrolladas por los estudiantes de Básica Secundaria y Media Vocacional en una segunda lengua, las IES no podrán interrumpir el proceso académico de sus estudiantes por motivo de algún requisito de certificación en una segunda lengua. Por tanto, no podrán exigir requisitos parciales de segunda lengua obligatorios hasta tanto la Comisión Asesora para la Política Pública Nacional de Bilingüismo no lo estime conveniente. Para ello, la Comisión establecerá los indicadores mínimos a cumplir con base en los exámenes de Estado (Saber 11 – ICFES) y pruebas de admisión a instituciones de educación superior para exigir una certificación de segunda lengua en medio del curso de un pregrado, programa técnico o tecnológico.
b. Durante los siguientes tres años a la entrada en vigencia de la presente ley los estudiantes de las IES deberán presentar como requisito de grado la certificación de competencias en una segunda lengua así: nivel B1 o B2 para idioma inglés, nivel A2 o B1 para otras lenguas mayoritarias y minoritarias, teniendo en cuenta el MCERL; las IES ajustarán sus reglamentos internos para adoptar esta medida y serán estas quienes definan los diversos mecanismos para que los estudiantes puedan certificar cualquiera de los niveles acá prescritos. La Comisión Asesora establecerá los indicadores mínimos a cumplir para aumentar el nivel de dicho requisito y los tiempos para ello.
c. Únicamente los programas académicos con enfoque internacional de las IES podrán omitir el lineamiento del literal ‘a’ del presente artículo, y exigir una certificación de dominio en una segunda lengua para sus estudiantes dentro del curso del programa como requisito parcial. Así mismo, el nivel que podrán exigir como requisito de grado será B2 para dominio de la lengua inglesa, B1 para otras lenguas mayoritarias o minoritarias, siempre teniendo en cuenta el MCERL. La Comisión Asesora definirá los parámetros para ello.
d. Las IES establecerán los métodos de evaluación de competencias en un segundo idioma para egresados, con el fin de integrarlos al proceso de bilingüismo.
e. Las IES definirán los criterios de evaluación de los avances del proceso de bilingüismo de sus estudiantes y así mismo adoptarán las medidas necesarias para cumplir con las metas establecidas por la Comisión Asesora en el Plan Quinquenal de la PPNB.
f. Las IES adoptarán diferentes mecanismos para que los estudiantes cumplan con los requisitos de segunda lengua.
g. Las IES crearán departamentos de traducción como apoyo a las distintas actividades académicas que desarrollan sus estudiantes.
h. Las IES establecerán los mecanismos necesarios para ajustar las pruebas de admisión en el componente de dominio en una segunda lengua a las exigencias contenidas en el MCERL, la Norma Técnica Colombiana expedida en virtud de la presente ley y los lineamientos establecidos por la Comisión Asesora de la PPNB.
Para el congresista, el actual Plan Nacional de Bilinguismo (PNB) no vincula a la educación superior. “Grave error considerando que la educación superior es el último eslabón en la formación de los técnicos, tecnólogos y/o profesionales, de hecho, el más importante, pues es donde se articulan los conocimientos adquiridos en la formación básica con el proyecto de vida personal de cada estudiante”.
¿Requisitos muy exigentes?
Según la exposición de motivos del proyecto de ley, y a partir de la caída en los resultados agregados nacionales de los bachilleres que presentan las pruebas Saber 11, en los últimos cinco años (ver tabla superior), el representante se cuestiona por la forma como algunas IES están demandando los que considera elevados requisitos.
“No se entiende, dice el proyecto del congresista, cómo IES exigen a sus estudiantes certificación de una segunda lengua (inglés en muchos casos) con un nivel inclusive B1 según el MCERL, cuando los datos apuntan a que solo el 8% de los estudiantes cuentan con ese nivel o superior al salir de la educación media. Esto puede provocar procesos de deserción, aplazamientos de estudios superiores y desmotivación para ingresar a los mismos”.
Para fundamentar esta propuesta, Zabaraín pidió datos que confirman su investigación al Ministerio de Educación, al ICFES, y a las universidades de Los Andes, el Rosario y La Salle.
Por la importancia del tema y el posible impacto sobre el sector y las IES, los responsables de currículo, internacionalización y formación bilingüe en todas las IES deberían analizar en detalle el proyecto de ley.
Clic para acceder al texto del proyecto de Ley
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