Revisar y evaluar permanentemente las políticas públicas en educación superior: Paola Andrea Vargas Rodríguez

Revisar y evaluar permanentemente las políticas públicas en educación superior: Paola Andrea Vargas Rodríguez

Vargas Rodríguez, abogada y experta en legislación de educación superior, advierte que la Ley 30 requiere evaluación continua y actualización para responder a transformaciones tecnológicas, sociales y académicas y mantener vigente su función pública.

 

Ley 30 de 1992: La importancia de revisar y evaluar permanentemente las políticas públicas en educación superior

Sin duda alguna la educación superior es una de las principales herramientas para el desarrollo personal, social, económico y cultural de los países. Para el caso colombiano la Ley 30 de 1992 permitió organizar el servicio público de la educación superior, estableciendo los principios, objetivos, campos de acción, tipologías, autonomía, modelos de gobernanza, modelos de vigilancia y control, así como los modelos de financiación, los cuales han orientado el sistema de educación superior en los últimos treinta años.

Sin embargo, los constantes cambios en educación superior a nivel internacional y nacional, sin duda alguna permean en el devenir colombiano, lo cual es importante analizar frente a la capacidad de las políticas públicas actuales, para responder a las necesidades, retos o desafíos en materia de educación superior, tales como la transformación digital, factores demográficos, la internacionalización, las nuevas formar de oferta académica (microcredenciales), inteligencia artificial, la gobernanza y gobernabilidad, así como las crecientes exigencias en calidad.

Desde el análisis de las políticas públicas, estas no deben entenderse como herramientas o instrumentos estáticos, antes, por el contrario, deben ser objeto de revisión y evaluación permanente para garantizar la pertinencia frente a los contextos y realidades sociales. En esta línea la revisión de la Ley 30 de 1992 permite cuestionarnos y reflexionar sobre la necesidad de fortalecer los mecanismos de seguimiento, evaluación y por ende de actualización de las políticas públicas, para así garantizar el cumplimiento efectivo de sus objetivos. 

La Ley 30 de 1992 surgió como respuesta a las orientaciones dadas por la Constitución Política de 1991, en materia de educación superior (art. 67 Derecho a la educación, art. 68  Derechos y garantías en el sistema educativo y art. 69 Autonomía Universitaria), donde su propósito fundamental fue organizar el servicio público de educación superior bajo principios de autonomía universitaria, la libertada de enseñanza, la calidad académica y la función social de la educación.

No obstante, para comprender el alcance de esta Ley  resulta necesario analizarla desde una perspectiva de política pública.  Aguilar Villanueva (2007)  sostiene que las políticas públicas no deben entenderse como decisiones aisladas del gobierno, sino como conjuntos articulados de acciones orientadas al logro de objetivos de interés público mediante la participación de diversos actores sociales. Así mismo,  señala que una política publica se caracteriza por integrar decisiones, instrumentos, procesos de implementación y mecanismos de evaluación dirigidos a solucionar problemas colectivos.

Desde esta óptica, la Ley 30 no se puede concebir como una disposición jurídica, sino como un marco normativo de una política pública orientada al desarrollo del sistema de educación superior colombiano. Su desarrollo no depende exclusivamente de su formulación inicial, sino de la capacidad institucional para poderla adaptar de acuerdo con las transformaciones de la sociedad.

En este punto es relevante mencionar los planteamientos de Roth  (2007) sobre las políticas públicas como procesos dinámicos de intervención estatal, donde se destacan que las políticas públicas se desarrollan en escenarios complejo donde interactúan múltiples actores, intereses y contextos cambiantes. Por ello una política pública eficaz requiere procesos continuos de análisis, seguimiento y ajuste que permitan corregir deficiencias y responder a nuevas problemáticas.

Trayendo a colación lo mencionado, resulta evidente que el contexto actual difiere profundamente del existente en 1992. El crecimiento del acceso a internet, la educación virtual, la inteligencia artificial, la internacionalización, competencias digitales, la gobernanza y gobernabilidad, así como la creciente importancia de la investigación científica han transformado de forma significativa el entorno de la educación superior.

Así mismo, los desafíos relacionados con la financiación de la educación superior, la permanencia estudiantil, la articulación con el sector productivo, sociedad civil y sector ambiental, así como la articulación entre la educación y la ciencia, demandan respuestas que no estaban contempladas en el contexto de creación de la Ley 30, lo cual requiere reconocer la necesidad de evolucionar de manera coherente y real con los actuales contextos que se busca regular.

Hannah Arendt (2018) afirma que la política surge en el espacio de interacción entre los individuos y encuentra su sentido en la libertad y en la capacidad humana de iniciar nuevos procesos. Así mismo, sostiene  que la política no debe centrarse exclusivamente en preservar estructuras existentes sino en crear condiciones para que las sociedades puedan responder a nuevos desafíos mediante la acción colectiva y el juicio crítico.

Por lo anterior es dable mencionar que, la educación superior representa uno de los principales espacios donde se construye la capacidad crítica de la ciudadanía. En consecuencia una política pública educativa no puede permanecer inmóvil frente a los cambios históricos, pues ello limitaría precisamente la función transformadora que la educación debe cumplir dentro de una sociedad democrática.

Por lo tanto la actualización de la política pública de educación superior no debe interpretarse como una ruptura de los principios de la Ley 30, sino como un proceso natural de adaptación institucional orientado a garantizar que dichos principios continúen siendo efectivos en contextos diferentes a aquellos para los cuales fueron originalmente concebidos.

La educación superior colombiana requiere fortalecer los mecanismos de evaluación de la Ley 30 de 1992 y promover procesos de actualización normativa que preserven sus principios fundamentales, pero que al mismo tiempo permitan responder a las nuevas realidades del conocimiento, la innovación, la transformación digital y las necesidades de desarrollo del país. Solo así será posible garantizar que la política pública educativa continúe cumpliendo su función social como instrumento de equidad, desarrollo y fortalecimiento de la sociedad.

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