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Leandro Vinasco Agudelo (Lingüista de la Universidad Nacional, Periodista Cultural de la Universidad de Chile, exdirector de la Agencia de ISBN de la Cámara Colombiana del Libro y autor afiliado al CDR), analiza las implicaciones y necesidad de impulsar el reconocimiento de la productividad de terceros. |
El Observatorio de la Universidad Colombiana, publicó en fechas recientes la columna titulada: “Todas las IES tendrían que pagar por el uso que hacen sus estudiantes de material digital de terceros autores”, en la cual aseguraba, entre otras cosas, que: “Sin importar si se ofrecen o no programas virtuales o a distancia, o si hay o no plataformas de e-learning, todas las instituciones de educación superior del país tendrían que comenzar a pagar 4 mil pesos al año al Centro Colombiano de Derechos Reprográficos”. Tal aseveración encendió un prolijo debate en las redes sociales sobre el uso de las licencias digitales por usos reprográficos en Colombia.
Al respecto el Centro Colombiano de Derechos Reprográficos, desde su cuenta de Facebook, comentó en la citada columna que “(…) el trabajo que desarrolla el CDR, no solamente es para cumplirle a nuestros autores y editores nacionales afiliados y los que esperamos que se afilien, sino a las sociedades homologadas de múltiples países alrededor del mundo con las cuales tenemos contratos de reciprocidad para que los textos puedan ser reproducidos en los distintos ámbitos en materia reprográfica (…)”, recordando también a través de su cuenta de Twitter que: “Ley del Libro en sus artículos 26 y 27, supone una compensación a los titulares de derecho de autor por el uso de fragmentos de sus obras”, además de responder a varios usuarios de dicha red que se mostraron “indignados” por las temerarias cifras que calculaba el observatorio.
La periodista Carolina Botero, no fue ajena a este exacerbado sentimiento. A los pocos días afirmó de manera categórica en su espacio del diario El Espectador: “En 2015 universidades pagarán 8.000 mil millones”. Semejante titular causó revuelo entre sus lectores; claramente, la cifra tomada fuera de contexto y sin haber consultado a la fuente principal raya en lo sensacionalista, una afirmación a todas luces irresponsable y escandalosa. También afirmaba la señora Botero en su texto, entre otras cosas, que: “(…) Al limitar la capacidad de acceder a la información se viola la libertad de expresión (…) Tal vez no habíamos pensado en esto antes, pero ahora tocará el bolsillo (…)”. Como si todo fuera un tema de dinero. Por fortuna, su columna llegó prontamente a oídos internacionales y sendas cartas le fueron enviadas de parte de entidades como IFRRO, CEDRO y CADRA, organizaciones de derechos reprográficos que ya han afrontado este tipo de discusiones en el pasado y que no quisieron dejar de hacer sentir sus opiniones al respecto.
Veraliah Bueno Álvarez, oficial de comunicaciones e información de la Federación Internacional de Organizaciones de Derechos de reproducción IFRRO, escribió al editor de dicho diario una importante carta (que se reproduce completa al final de esta artículo) en la cual recuerda que: “La remuneración por el uso secundario de obras protegidas por el derecho de autor es indispensable para autores y editores. Sin este ingreso, el número de obras de calidad se reducirá y se retrasará la transición a la edición digital. Los usuarios de obras protegidas por el derecho de autor obtienen un mejor acceso a través de las organizaciones de derechos reprográficos, que bajo una excepción que no contempla remuneración alguna para autores o editores”.
También comentaba Veraliah en su texto que: “(…) El Centro Colombiano de Derechos Reprográficos (CDR) no es solamente la ODR colombiana, ni su trabajo es único en su tipo, sino que además es parte de una red de 143 organizaciones de 79 países alrededor del mundo, que gestionan los derechos de millones de autores y editores. Estas organizaciones, que representan textos escritos e imágenes, son parte de la Federación Internacional de Organizaciones de Derechos Reprográficos (IFRRO, por sus siglas en ingles). Durante un espacio de más de 10 años, el CDR ha sido parte activa de dicha red y además de autorizar el acceso a fragmentos de obras nacionales protegidas por el derecho de autor, el CDR también puede, a través de convenios de representación recíproca, autorizar el uso de repertorios de otros países con los que ha celebrado los convenios antes mencionados (…)”.
Hasta España llegó también el rumor de la incendiaria noticia y por parte de CEDRO, Magdalena Vinent, directora general de esa entidad, escribió al diario colombiano haciendo claridades fundamentales sobre el tema: “(…) Cuando un autor y un editor celebran un contrato y conciben una obra, se materializa un acto comercial que resulta en un ingreso para ambos actores. Dicho acto comercial se realiza por los canales comerciales tradicionales y las obras se venden a librerías, bibliotecas, universidades, colegios, academias, conservatorios, organismos públicos, empresas y particulares. Los ingresos por ventas y las regalías constituyen el ingreso de autores y editores en lo que llamamos uso primario. Ahora bien, cuando las obras protegidas por el derecho de autor son reutilizadas en la forma de copias, copias privadas, préstamo público, etcétera, entonces el uso se convierte en secundario y la gestión de derechos es realizada por una organización de derechos reprográficos de manera colectiva (…)”.
De Argentina, el Dr. Federico Villalba Diaz, vocal titular de la Comisión Directiva de CADRA, reaccionó de igual forma ante la polémica suscitada, escribiendo: “(…) Con argumentos nuevos y por cierto, algunos bastante antiguos, las nuevas sociedades de gestión colectiva son atacadas. Uno de ellos es que “Al limitar la capacidad de acceder a la información se viola la libertad de expresión”. Nada tiene de cierta esta afirmación ya que la libertad de expresión se relaciona con la libertad de opinión y dar a conocer la propia idea, sin que se necesite reproducir obras ajenas para tal fin. También se pretende que el titular del derecho de autor debe ceder en pos del derecho al acceso a la cultura de toda la sociedad, el uso de su creación para fines educativos y científicos, bajo pretexto de que estaría vulnerando el derecho constitucional al acceso a la cultura. Sobre este punto se presenta un interrogante: ¿Es el creador el que tiene que asumir el costo de ceder su propio derecho? Pareciera que el autor carece de derechos constitucionales y humanos para que pueda disfrutar de sus obras (…)”.
Lamentablemente, a pesar de la petición expresa de publicar las cartas enviadas por parte de las entidades y personas firmantes, este diario solamente ha publicado hasta la fecha la carta que enviara al respecto Nathalia Gómez Vargas, gerente del CDR, en la cual expresaba: “Soy la directora, desde hace año y medio, del Centro Colombiano de Derechos Reprográficos (CDR) y en el artículo en mención se habla de que nosotros controlaremos el material que se entregará por parte de las universidades a los estudiantes. Primero, eso no es cierto: es casi imposible coordinarlo y ejecutarlo (ni siquiera las mismas universidades conocen el material que los docentes entregan a sus estudiantes). Segundo, no vamos a cobrar por materiales que producen las instituciones universitarias ni por los repositorios. Tercero, la ley colombiana, a través de la Ley del Libro (98 de 1993), artículos 26 y 27, supone una compensación a los titulares de derecho de autor por el uso de fragmentos de sus obras: no es cierto que ese uso se permita sin pago, como lo dice la señora Botero (…)”.
Así pues, el debate en Colombia sobre el uso de las licencias digitales en el ámbito escolar y universitario, ha empezado a dejar necesarias claridades sobre el tema. En una época, en que como lo menconaba en este espacio el Dr. Jaime Cataño, director jurídico de la Universidad Javeriana: “Se piensa que el Internet es una tierra de nadie, una especie de lejano oeste”, ya va siendo hora de que universidades y centros educativos colombianos hagan valer y respetar los derechos de los creadores, editores, autores, docentes e investigadores, que con sus insumos son quienes en últimas sostienen el avance del conocimiento y la educación con miras al siglo en el que estamos y frente a los nuevos y cambiantes retos que impone el entorno digital.
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