
Junio 6/18 El Consejo de Estado denegó las pretensiones de la demanda de nulidad electoral de Álvaro Rico Rivera y Edgardo José Remeció, que buscaba la nulidad del Acuerdo 022 de septiembre de 2017, con el que el Consejo Superior de la U. Popular del Cesar, designó rector a Enrique Alfonso Meza Daza.
En la parte motiva de su sentencia la Sección Quinta del Consejo de Estado, desestima los fundamentos de hecho y de derecho, presentados por el demandante y su coadyuvante, estableciendo que la designación del docente Meza Daza, como rector de la universidad, por parte del Consejo Superior Universitario, estuvo ajustada a la Constitución, la ley y principalmente al Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar.
Esta sentencia de nulidad proferida por la Sección Quinta del Honorable Consejo de Estado, máximo Tribunal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en nuestro país, que una vez ejecutoriada hace tránsito a cosa juzgada, cierra toda posibilidad jurídica de que sea decretada la nulidad del acto administrativo de designación como rector de la Universidad Popular del Cesar, de Meza Daza.
Contra dicha sentencia, por ser una decisión de única instancia, no procede recurso alguno, quedando en firme una vez sea notificada.
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