Marzo 18/24 El rector de la U. Distrital nombró decano de ingeniería a un socio comercial, y éste favoreció la mejora salarial de la esposa de Tarazona, quien es profesora de la misma institución. El rector se defiende.
La Universidad Distrital Francisco José de Caldas es una IES pública, del orden municipal, por lo que gran parte de sus recursos provienen de Bogotá, ciudad capital.
En virtud de ello, es en el Concejo de la ciudad en donde se aprueba su presupuesto y se le hace control de gestión.
La concejal liberal María Victoria Vargas (foto), denunció que el actual rector de esa Universidad, Giovanny Mauricio Tarazona -foto- (desde noviembre de 2021), violó el régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades, realizó tráfico de influencias de servidor público con un conflicto de intereses de por medio, a través de prácticas de contratación y beneficio a su esposa, Luz Andrea Rodríguez Rojas, profesora de ingeniería de la Universidad.
El caso denunciado
En 1996, el hoy rector Tarazona conformó la empresa de servicios de construcción técnica “Grupo Kaizen PBT Ltda.”, con Carlos Tuta Pinzón, hoy tesorero de la Universidad Distrital (nombrado en 2022), y Javier Parra Peña.
El 26 de enero de 2023, el Tarazona nombra a Parra Peña, como decano de la Facultad de Tecnología, y dentro de sus funciones está la de “asignar puntos salariales a los docentes de las universidades estatales”.
En ejercicio de dicha función, Parra Peña evaluó a Rodríguez Rojas, sin declararse impedido y sin informar de ello al Comité de Personal Docente de la Universidad.
Para la concejal, dicha conducta configuraría la violación del Código Penal, según el Artículo 408, que habla sobre la violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades. También el Artículo 411 del mismo código, habla del tráfico de influencias de servidor público, y en el Código General Disciplinario, en el Artículo 44, habla de presunto conflicto de intereses.
Esto porque para el 18 de octubre de 2023, la sociedad Kaizen estaba vigente, tal y como lo muestra un documento de la Cámara de Comercio de Bogotá.
Y para el 2 de noviembre siguiente, los socios de Kaizen se percatan de sus presuntos errores penales, cancelan repentinamente la sociedad, el 2 de noviembre de 2023, dice Vargas, pero con un acta de disolución de la sociedad del 9 de septiembre de 2015, que fue inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá solo hasta el 30 de octubre de 2023.
Clic para ver el video con la denuncia de la concejal
Los argumentos de defensa del rector Tarazona
En comunicación dirigida al alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, y a la secretaria de Educación, Isabel Segovia Ospina, como vocera de Galán en el Consejo Superior de la Distrital, Tarazona señala que “no existen las conductas denunciadas, y que ha sido asaltada la buena fe de los periodistas y la cabildante denunciante:
- Dice que la empresa Grupo Kaizen PBT, Ltda. no ha realizado ningún contrato o transacción comercial desde 2007.
- Que dicha sociedad dejó de existir formal y legalmente desde diciembre de 2014.
- Que el Código de Comercio aclara que la disolución de la sociedad se produce a partir de la fecha de expiración de su duración.
- Que tras casi 10 años de disuelta la sociedad, no hay inhabilidad, conflicto de interés o favorecimiento alguno, y que no hay una norma explícita. Que el Consejo de Estado ha dicho que “aun cuando las inhabilidades e incompatibilidades tienen un afán moralizador, no constituyen normas morales, en el sentido de que su existencia depende únicamente de la y no de la convicción moral de una persona o de un grupo social. Si no se encuentran consagradas en una norma jurídica no existen”.
- Que Rodríguez Rojas fue vinculada a la Universidad en 2019 (antes de su elección como rector) y que, como tal, tiene todos los derechos propios a los docentes de carrera.
- Que, por lo mismo, Rodríguez Rojas, debe ser evaluada como profesional y docente, más que como “esposa del rector”.
- Que dichas acusaciones “lindan con las violencias basadas en género”.
- Que la asignación de puntajes salariales la realiza el Comité de Asignación de Puntaje, conforme el decreto 1279 de 2002 y que dicho Comité tiene una muy plural conformación, por lo que no es cierto que Peña “haya sido el encargado de asignarle los puntos salariales”.
- Que no está en duda la legalidad del reconocimiento a la productividad de Rodríguez Rojas.
Finalmente, Tarazona Bermúdez, indica que se declaró impedido para decidir o actuar sobre cualquier solicitud o situación administrativa relacionada con Rodríguez Rojas, y que en enero de 2023 el Consejo Superior designó un rector ad hoc para atender estas situaciones.
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