¿De dónde saldrá el dinero para la formalización laboral? Las preguntas que hacen en el Congreso

¿De dónde saldrá el dinero para la formalización laboral? Las preguntas que hacen en el Congreso

Abril 9/25 Mientras que algunos sindicatos, docentes y afines ideológicos al gobierno celebran la firma del decreto de formalización laboral, rectores y congresistas se preguntan de dónde saldrá la plata para su implementación.

Y si bien desde el Ministerio de Educación Nacional y en la motivación del decreto 0391, del pasado 1 de abril, se presentan válidos motivos de equidad social y reconocimiento laboral, lo cierto es que la situación fiscal del país y de las IES públicas hace imposible que en 2026 comience a operar la formalización del personal docente y administrativo del sector público.

El Observatorio de la Universidad Colombiana conoció la petición de información que, con fecha 2 de abril (un día después de la firma del decreto, y seguramente con desconocimiento de ello), elevó la representante por Bogotá, Catherine Juvinao Clavijo (foto) a los Ministerios de Hacienda y Educación, así como al Departamento Administrativo de la Función Pública, bajo el supuesto de que el entonces proyecto de decreto “implica la adopción de compromisos institucionales por parte de las IES públicas que tienen efectos en su funcionamiento y sostenibilidad fiscal”, con unas preguntas que los mismos rectores y analistas del sector también se hacen y  de las que quieren conocer sus respuestas.

Además, porque algunos consideran que el Ejecutivo habría sobrepasado su ámbito de acción al pretender definir ámbitos de acción reglamentarios que serían del orden del legislativo.

Gobierno expide decreto de formalización laboral en IES públicas. En un año deben iniciar las vinculaciones

Esta es la información solicitada por al congresista y que, ojalá, cuando la reciba se haga pública:

Análisis de impacto fiscal o plan financiero por institución:

1. Análisis o estudio de impacto fiscal individualizado para cada una de las IES públicas del país, respecto a la implementación de los Planes de Formalización Laboral.

2. Estimaciones oficiales del costo adicional que implicaría, para cada una de las IES públicas existentes, la formalización de sus docentes ocasionales, catedráticos y personal administrativo temporal?

Dice la congresista que, en caso de no existir dicha información, “se indique expresamente por qué no se efectuó tal análisis o estudio y se expongan las razones por las cuales no se realizó, teniendo en cuenta las exigencias legales en materia fiscal que impactaría a cada una de las IES públicas existentes en Colombia”.

Conceptos técnicos sobre viabilidad presupuestal:

3. Conceptos técnicos, financieros o presupuestales emitidos por el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Educación, el Departamento Nacional de Planeación o el Departamento Administrativo de la Función Pública y de parte de cada una de las  IES existentes, que respalden la viabilidad financiera y presupuestal del mencionado proyecto de decreto anunciado por el Ministerio de Educación Nacional. En particular:

3.1. El concepto o aval del Ministerio de Hacienda sobre el impacto fiscal del proyecto y su congruencia con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.
3.2. Se indique que recursos otorgara el Gobierno Nacional a la IES para cubrir los costos adicionales que generaría la formalización laboral del proyecto de decreto anunciado por el Ministerio de Educación Nacional.
3.3. El concepto o aval de cada una de las IES públicas sobre el impacto fiscal del proyecto y su congruencia con el Marco Fiscal de
Mediano Plazo o Plan Financiero de dichas IES.
3.4. Cualquier estudio técnico o financiero elaborado por el MEN, el DNP u otra entidad del Gobierno sobre la fuente de recursos y sostenibilidad del proceso de formalización laboral a cada una de las instituciones de educación superior públicas existentes.
3.5. Los informes de viabilidad del DAFP u otra entidad sobre la posibilidad de aumentar las plantas de personal en las IES públicas en el marco de la normatividad vigente, incluyendo restricciones de austeridad.

Soporte jurídico adicional del proyecto:

4. Previo al decreto, si existieron conceptos jurídicos o técnicos de órganos asesores (como el Consejo de Estado, la Secretaría Jurídica de Presidencia, todas las IES u otros)

5. Indicar cuál es la norma específica que autoriza al Gobierno para expedir el decreto anunciado, dado que la Sentencia C-337 de  1996 establece que la autonomía universitaria solo puede ser limitada por la constitución y la ley. Lo anterior aplica también respecto a la carrera administrativa de las instituciones de educación superior públicas con carácter académico de universidad.

Conceptos financieros emitidos por las IES públicas:

6. Conceptos financieros de viabilidad presupuestal emitidos por las Vicerrectorías Administrativas y Financieras –o por las dependencias que hagan sus veces– de cada una de las IES públicas del país, en los que se indique que éstas, en el marco de su planeación financiera de mediano y largo plazo (o figura equivalente), cuenta con la capacidad presupuestal para asumir los gastos recurrentes o de funcionamiento derivados del decreto.

7. Si no existen esos conceptos, expresar si estas certificaciones o pronunciamientos fueron requeridos por el Ministerio de Educación
Nacional o por alguna otra entidad del Gobierno Nacional, y si hicieron parte del expediente técnico de respaldo para la expedición del decreto.

Pronunciamiento de las IES públicas frente al proyecto de decreto:

8. Indicar cuáles IES públicas han manifestado formalmente su respaldo institucional, desde la administración y/o mediante decisiones adoptadas por su Consejo Superior o Junta Directiva, con la implementación del proyecto de decreto anunciado por el Ministro de Educación Nacional.

9. Copia de las actas, resoluciones, comunicaciones o documentos en los que conste dicho respaldo institucional, teniendo en cuenta que la implementación del proyecto conllevaría gastos de funcionamiento permanentes por parte de las IES. De no existir pronunciamientos institucionales formales, indicar expresamente tal situación.

«¿De dónde van a salir los recursos?», rector de Unicartagena

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«Es un tema que siempre ha preocupado a las universidades y celebro que haya iniciativas para formalizar a los docentes del país. Pero, al margen de ello, uno tiene que llamar la atención sobre la forma, y creo que lo primero que debió hacer el Gobierno es decir: cuenten con estos recursos; pero estos aún no están claros. Lo que me imagino es que ahora ello va a ser materia de discusión; me imagino que parte de las responsabilidades las piensan delegar en gobiernos futuros. Sobre eso todavía no hay claridad», dijo el rector de la Universidad de Cartagena, William Malkún Castillejo, al portal revistametro.co.
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«En las universidades públicas no estamos en condiciones de asumir esos costos«, recalcó Malkún Castillejo; «muy a pesar de los esfuerzos que particularmente hacemos; por ejemplo, en la UdeC hemos gestionado la formalización laboral desde hace cuatro años, y hemos avanzado; pero no hemos terminado por falta de recursos. Hemos formalizado más de 240 trabajadores y aún nos faltan todavía cerca de 200″.

«No creo que haya un solo rector a nivel nacional que se oponga a que mejoren las condiciones salariales de sus docentes. Muchos fuimos docentes. Incluso, sí, yo fui catedrático; y uno reconoce el valor de lo que los profesores hacen; pero, lamentablemente, el problema es la falta de recursos«, advirtió el rector; «no tenemos las herramientas financieras para lograr la formalización, y esas herramientas nos las tiene que dar el Estado. No puede ser con los recursos propios, porque ya no damos más. Ahora, ojalá pueda hacerse algo en el marco de la reforma de la Ley 30, concretamente a sus Artículos 86 y 87 que son los que determinan la financiación. Ese es el camino».

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