
Mayo 22/18 Así lo aprobó la comisión accidental de Senado y Cámara que concilió el texto del proyecto de ley.
Fue eliminada el texto que decía que si al menos el 33 % de los estudiantes de Derecho no superaba la media nacional, el Ministerio de Educación tendría que imponer medidas preventivas a la institución que ofrece el programa, establecidas en la Ley 1740 del 2014.
La propuesta será sometida a consideración de las plenarias del Congreso esta semana y si se aprueba será enviada a sanción presidencial.
Según el texto acogido, el examen estará a cargo del Consejo Superior de la Judicatura, directamente o a través de una institución de educación superior acreditada en alta calidad.
Se entenderá aprobada la prueba cuando el resultado supere la media del puntaje nacional. En el resultado individual, el Consejo Superior señalará la representación porcentual del puntaje obtenido sobre el promedio nacional.
Es importante aclarar que este requisito de idoneidad para el ejercicio de la profesión de abogado se aplicará a quienes inicien la carrera después de la respectiva sanción de la ley.
Si bien ya es un hecho su aprobación legislativa, pues solo queda la votación del informe de conciliación en ambas plenarias, el Ejecutivo podría objetarlo, ya sea por inconveniencia o inconstitucionalidad.
Fuente: Ambito Jurídico
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