Abril 26/20 El CESU estudia una actualización del Reglamento del CNA y busca limitar los alcances de quienes pueden ser consejeros y hasta dónde pueden llegar sus actuaciones.
Al debate sobre si los paradigmas académicos que se usan para evaluar la alta calidad son los adecuados, si realmente permiten describir en su integridad los roles de un programa y una IES, y si el proceso técnicamente se desarrolla como tal, ahora se le suma la inquietud sobre los posibles favoritismos y objetividad de la acreditación de parte de los Consejeros.
Porque más allá del prestigio académico que trae la acreditación, detrás de la misma se mueve un “negocio” de asesorías e intereses. Ser consejero asegura interesantes ingresos por 5 años, pero sobre todo el reconocimiento que da en el sector y asegurar posteriormente asesorías y hasta vinculaciones en algunas de las mismas IES en las que, en algún momento, se tuvo que emitir un concepto de acreditación.
El tema es muy sensible. Va de los afectos a los desafectos por los resultados; de un tema de millonarias inversiones de IES que podrían perderse si no logran acreditación; y de los intereses por acreditar o no un programa para ser visto con buenos ojos tanto por el Ministerio como por la opinión pública.
¿Y si el concepto a emitir corresponde a la IES o programa de donde procede o el consejero tiene un vínculo?; ¿o si es de la competencia directa y acreditarlo sería darle oxígeno y supervivencia en el mercado y, posiblemente, arriesgarse a que el otro programa quite estudiantes al propio?
Sea cual sea la composición del Consejo, habrá especulaciones. Por ejemplo, del actual se podría decir que es marcadamente masculino, pues sólo hay una mujer y 7 hombres; o que en el nombramiento de dicha consejera hubo extremada cercanía al Ministerio, a diferencia de los dos contendores; o que la mayoría de los consejeros vienen de universidades públicas; o que se habla mucho de diversidad en el proceso y de la institucionalidad, pero todos provienen de los intereses de las universidades y no de las otras IES del sistema; o que los dos últimos coordinadores provienen de la misma Universidad….
Sin detallar nombres propios, los rectores y directivos del sistema fácilmente pueden hacer una lista de los vínculos de consejeros y exconsejeros con determinadas IES, la forma como quienes han pasado por allí hoy tienen contratos con varias instituciones e, incluso, la llamativa coincidencia del crecimiento en la acreditación de programas e instituciones de determinadas regiones del país y sectores, afines a uno de los consejeros que pasó por allí.
Además, en baja voz se habla con directivos de muchas IES sobre el malestar que ocasiona que un consejero trabaje en una IES. Algunos organismos internacionales recomiendan que esto no sea así, pero Colombia decidió mantener esta figura. Es el mismo aparente impedimento que tendrían los rectores de la comisión del CESU que analiza la propuesta de reformar el reglamento del CNA, pues al fin y al cabo ellos también son “clientes” del Sistema Nacional de Acreditación, y la decisión de ajustar determinado requisito, tiempo de vigencia del periodo de los consejeros niveles de formación y formas de declararse impedidos, puede significar contar con el favor o no de determinados consejeros a la hora de emitir un concepto sobre su IES.
Cambios propuestos
En un intento por enmendar algunas de estas críticas, soportadas a veces por el mismo reglamento actual, el CESU analiza, a partir de aportes de sus consejeros, así como del propio CNA, qué cambios hacer.
El Observatorio ha conocido que entre los puntos en discusión, se pueden destacar:
1) Si se amplía el número de consejeros
2) Si se busca una distribución equitativa de los miembros considerando su procedencia regional y género.
3) Si se garantizar en la composición un balance entre miembros vinculados a IES públicas y privadas.
4) Si se garantiza que exista al menos un miembro con experiencia en procesos académicos y evaluativos de calidad en los niveles técnico profesional y tecnológico. E, inclusive, tal vez alguien de la modalidad virtual.
5) Lo que es claro es la preocupación por evitar el conflicto de intereses. Por ello se contempla explícitamente que el consejero no tenga ningún sesgo hacia ningún actor del sistema; que tenga la capacidad de despojarse de la identidad de su institución para comprender y valorar las otras IES, y que esté libre de sospecha que está sirviendo a intereses particulares. Y se desea reconfirmar el que ningún consejero sea rector, vicerrector ni secretario general (como ha pasado ya), y sí se busca admitir que sean decanos y directores de programa.
También se busca que en ningún caso, un consejero esté presente en la sesión, al momento en que se discutan procesos de acreditación de las IES con las cuales haya declarado conflicto de intereses o se haya declarado impedido.
El debate no es fácil y sea cual sea la decisión habrá polémica, pero si el CESU (en donde curiosamente no hay un solo consejero en representación del mayor número de IES que hay en el país: las instituciones universitarias privadas) hiciera públicos los debates y la participación, el ruido se eliminaría fuertemente.
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