Junio 11/24 ¿Cuánto dinero debe reconocer una universidad a sus representantes estudiantiles de los consejos académico y superior para que participen en eventos fuera de la institución? La autonomía da una respuesta diferente en cada IES.
Es sabido que en muchas de las IES públicas sus líderes estudiantiles, por lo menos los representantes elegidos en los cuerpos colegiados, se mueven activamente por el país en diversos encuentros, plenarios, seminarios, talleres y movilizaciones de índole académicas, técnicas e ideológicas.
Los jóvenes son muy hábiles para buscarse financiación y lograr la mayor participación, y en el caso de los representantes estos generalmente reciben un apoyo económico, a manera de subsidio, de parte de su IES. Dinero que usan para su desplazamiento, alojamiento y alimentación y, cuando pueden, les queda para otros gastos. En algunas universidades, la motivación de recibir estos recursos aumentan la competencia por ser representante, pues algunos -según testimonios recogidos por El Observatorio de la Universidad Colombiana– tienen esos apoyos como única fuente de ingreso económico para sí o para sus familias.
No hay un estándar de en qué condiciones y qué montos deben reconocer las IES al respecto. Es más, para el país esta información es muy poco pública.
El caso de la UPTC
Ante diversas críticas en redes sociales porque algunos consideran injusto que un representante estudiantil puede recibir en poco tiempo, proporcionalmente, más dinero que lo que gana en tiempo completo una aseadora de la institución, el rector y el vicerrector administrativo y financiero de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia UPTC, Enrique Vera López y el vicerrector Administrativo y Financiero, Luis Ángel Lara González, debieron salir a explicar y contextualizar cómo opera esa IES al respecto.
Aclararon que la Universidad sí reconoce apoyos económicos a sus representantes: “Durante esta vigencia, la Administración identificó un incremento significativo en el número de solicitudes, debido a las discusiones que a nivel nacional se están suscitando por la reforma a la Ley 30, las cuales requieren de la participación del estamento estudiantil, a través de sus representaciones, y fueron apoyadas por la Universidad, teniendo en cuenta la importancia de apoyar al estamento estudiantil en la discusión de estos eventos del orden nacional”.
Que la asignación de recursos para las representaciones estudiantiles estaba amparada en el Acuerdo 048 de 2008, que establece apoyos económicos y reconoce el pago de honorarios a las representaciones de los consejos Académico y Superior de la UPTC, pero que con el incremento en el número de participaciones de los representantes estudiantiles, llamó la atención de la Administración, que realizó un estudio por parte de la Vicerrectoría Administrativa y Financiera, el cual permitió identificar vacíos en el Acuerdo 048 del 2008 y formuló una nueva norma, Acuerdo 030 de 2024, aprobada el pasado mes de mayo.
Y que el el nuevo Acuerdo limita, entre otros, la participación a estos eventos en los siguientes términos:
- El monto máximo al cual los representantes tienen derecho por año es de 11.5 salarios mensuales; es decir, $14.950.000.
- El número de días de cada evento es de tres, máximo.
- Solo se autorizarán dos eventos por mes a cada uno de los estudiantes, previa solicitud.
El último Acuerdo habla de representantes estudiantiles ante los Consejos Académico y Superior, y no de ningunos otros representantes, pues en las denuncias iniciales se hablaba de representantes ante el Comité de Bienestar y el Comité Electoral.
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