Dudas por “banco de elegibles” a Conaces, tras resolución 017979

Dudas por “banco de elegibles” a Conaces, tras resolución 017979

Sept 24/21 Mineducación y Minciencias expidieron la resolución 017979, con la que una vez más actualizan el reglamento de CONACES y consolidan una no clara figura de “banco de elegibles”, así como su elección.

Más de cinco resoluciones relacionadas con la forma de operar de parte de la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CONACES), se han expedido en los últimos cuatro años, en la idea de afinar su operación, mas la última da fuerza a la figura de “banco de elegibles”, tímidamente mencionado en normas anteriores, pero aún así tampoco detalla exactamente quiénes son ni cuál es su relación con los pares académicos.

Así se trata de entender con la resolución 17979, del 20 de septiembre “por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 10414 del 28 de junio de 2018, se deroga la Resolución 12078 del 15 de noviembre de 2019 y el artículo 4 de la Resolución 19244 del 17 de diciembre de 2018.

Clic para descargar el texto de la resolución 179179 de Mineducación

Dichos elegibles podrán participar en las distintas Salas de la CONACES, que tienen como una de sus funciones, participar en los procesos de evaluación de los pares académicos, mas no es claro si un par puede o no ser elegible, en qué dimensiones y cuál es realmente el alcance de estos elegibles.

Incluso, la figura de “elegibles” tampoco aparece relacionada en el Decreto 1330 de 2.019, en donde sí menciona a los pares académicos como actores del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.

Según el artículo 19 de la Resolución: “Para integrar el banco de elegibles de las Salas de Evaluación se adelantarán procesos de invitación pública, a partir de los cuales la Sala General de la CONACES seleccionará expertos académicos de diversas zonas geográficas del país o del exterior, con formación y experiencia en los diferentes campos de educación y formación, niveles de formación, modalidades y metodologías, conforme a los requisitos y procedimientos generales establecidos en la presente resolución y aquellos específicos que se determinen en el contenido de la respectiva invitación”.

También llama la atención el empoderamiento que se le da a la Subdirección de Aseguramiento de Calidad para definir quiénes serán estos “elegibles”. El artículo 45 dice que: “Los criterios de evaluación de los integrantes del banco de elegibles de las Salas de Evaluación y de Coordinadores, serán definidos por la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior dentro de los doce (12) meses siguientes a la expedición del presente acto administrativo”.

Valdría la pena que el Ministerio de Educación hiciera una aclaración pedagógica de toda esta extensa y poco comprensible normatividad de los últimos años.

En ello debería, también, explicarse en qué va la propuesta de Resolución para definir la estructura y funcionamiento del Banco de Pares Académicos del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, que puso en consideración de la comunidad académica a comienzos de mes.

Lea: Muchos académicos saldrían de la base de pares del Ministerio

Una “luz en el camino” para avanzar en la aclamada flexibilidad

La nueva Resolución afianza algo que, en parte, estaba sugerido en anteriores normas: Que los pares puedan ser invitados a las salas de Conaces. Y ahora lo extiende también a otros actores del sector.

Dice el artículo 24 que: “A las sesiones de las Salas de Evaluación, de Coordinadores, y de Revisión y Consulta se podrán invitar a pares académicos de los trámites objeto de estudio, a representantes de los organismos asesores y cuerpos consultivos del Gobierno Nacional en materia de educación superior, de entidades de naturaleza pública, de organizaciones de naturaleza privada, así como a representantes de la academia que sean expertos en asuntos tratados en la respectiva sala y representantes del sector productivo. La participación de invitados en las sesiones de sala deberá estar previamente autorizada por la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior”.

Esto debería convertirse en cultura permanente de evaluación, para que -incluso- puedan participar hasta los propios rectores y directivos de IES que cuestionan la forma ortodoxa como CONACES evalúa programas y, se dice en el sector, aplica criterios poco flexibles para que las propuestas de las instituciones respondan de mejor manera a las expectativas de la sociedad del conocimiento, y el mercado.

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