Sept 24/20 Mindeporte busca que recursos del impuesto a la renta de personas o empresas, paguen estudios de deportistas y entrenadores.
Para ello tiene en consulta ciudadana un proyecto de decreto que reglamenta el “Programa Becas por Impuestos” creado en el actual Plan Nacional de Desarrollo (Ley 1955 de 2019), que dispuso en su artículo 190 que “las personas naturales o jurídicas contribuyentes del Impuesto sobre la renta y complementarios podrán celebrar convenios con Coldeportes para asignar becas de estudio y manutención a deportistas talento o reserva deportiva, por las que recibirán a cambio títulos negociables para el pago del impuesto sobre la renta”.
La idea es que personas o empresas contribuyentes del impuesto sobre la renta puedan obtener descuentos de hasta el 30% si suscriben convenios con el Ministerio del Deporte para que éste asigne becas de estudio y/o manutención a deportistas talento o reserva deportiva, y entrenadores, que deseen formarse en los niveles de educación formal de básica y media y en el nivel superior de pregrado, posgrado, técnicos y tecnólogos.
Los deportistas talento o reserva y los entrenadores, de estratos 1 a 3, que tengan interés en participar en el Programa de Becas por Impuestos, se deberán inscribir ante su respectiva Federación
Se entienden como deportistas talento o reserva deportiva los siguientes:
1. Deportistas convencionales que hayan representado a Colombia en cualquier evento multideportivo organizado o avalado por el Comité Olímpico Internacional (COI), la Organización Deportiva Panamericana (Panam Sports), la Organización Deportiva Centroamericana y del Caribe (ODECABE), la Organización Deportiva Suramericana (ODESUR), la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO) y el Comité Olímpico Colombiano.
2. Deportistas en condición de discapacidad, con limitaciones físicas, mentales o sensoriales, que hayan representado a Colombia en cualquier evento multideportivo organizado o avalado por el Comité Paralímpico Internacional (IPC), el Comité Paralímpico de las Américas (CPA), el Comité Paraolímpico Colombiano, o cualquier otra organización reconocida por el IPC y el Comité Internacional de Deportes para Sordos (ICSD).
3. Deportistas que hayan representado a Colombia en los Juegos Mundiales (World Games), organizados o avalados por la Asociación Internacional de los Juegos Mundiales (IWGA),
4. Deportistas convencionales o en condición de discapacidad, con limitaciones físicas, mentales o sensoriales, de selecciones o clubes que hayan representado a Colombia en cualquier campeonato mundial, panamericano, centroamericano y del caribe, suramericano o Bolivariano u otro similar, organizado o avalado por las Federaciones Deportivas Internacionales de los deportes que hagan parte del programa de los Juegos Olímpicos o Paralímpicos de los deportes cuyas Federaciones son reconocidas por el Comité Olímpico Internacional o Comité Paralímpico Internacional o por el Comité Olímpico Colombiano y Comité Paralímpico Colombiano.
5. Deportistas que hayan participado en las fases clasificatorias o finales de los Juegos Deportivos Nacionales y Paranacionales o en las del programa Supérate Intercolegiados.
6. Deportistas que hayan participado en campeonatos nacionales de ligas departamentales o clubes que hayan sido avalados por su respectiva federación.
7. Guías de atletas con limitaciones visuales y auxiliares de atletas con parálisis cerebral que hayan
participado en cualquiera de los eventos anteriormente enumerados.
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