Gobierno Duque dejó reglamentado los CODECTI

Gobierno Duque dejó reglamentado los CODECTI

Agosto 8/22 Saliente gobierno confirmó presencia de representanes de IES en los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti).

Mediante Decreto 1556, del 5 de agosto, se reglamentaron las funciones de los CODECTI en todos los departamentos, así como en Bogotá como Distrito Capital.

Los CODECTI se definen como la instancia máxima de gobernanza y articulación de la política, estrategias, asesoría y orientación en el sector de ciencia, tecnología e innovación con los gobiernos departamentales y del Distrito Capital, así como con las entidades y actores que desarrollan actividades dirigidas a fortalecer la capacidad científica, de desarrollo tecnológico y de innovación en el respectivo ámbito departamental.

Actualmente los Codecti se encuentran reglamentados por el Decreto 584 de 2017, y con el nuevo decreto se busca redefinir los lineamientos para su integración y funciones, para que las iniciativas departamentales en Ciencia, tecnología e Innovación tengan concordancia con las políticas y metas del país en esa materia.

Son miembros permanentes en los Codecti:

1. El Gobernador o su delegado, quien preside el Codecti.
2. Dos (2) alcaldes de los municipios que hacen parte del Departamento, elegidos por la Federación Colombiana de Municipios.
3. Un representante del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, delegado por el Ministro.

Son miembros Designados:

4. Dos (2) representantes de las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación, diferentes al Gobernador del Departamento, elegidos por la Comisión Regional de Competitividad e Innovación.
5. El Presidente Ejecutivo de la cámara de comercio con mayor número de inscritos en el registro mercantil con jurisdicción en el Departamento y una (1) empresa cuyo objeto social incluya actividades en Ciencia Tecnología e Innovación y que desarrolle sus actos de comercio en el Departamento, elegida por la misma cámara de comercio.
6. Cuatro (4) representantes de la academia, elegidos por el Gobernador del departamento, los cuales se podrán establecer así:

un (1) representante del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA de la dirección regional correspondiente y tres (3) representantes de Instituciones Educativas e Instituciones de Educación Superior (IES) que tengan presencia en el Departamento, de naturaleza pública o privada.
7. Cuatro (4) representantes de la sociedad civil organizada, elegidos por el Gobernador del departamento, los cuales se establecerán así: dos (2) actores reconocidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación al momento de su designación y dos (2) ONG’s, juntas de acción comunal o demás miembros de la sociedad civil.

En el caso de Bogotá los tres (3) representantes de IES, que tengan tengan presencia en el Distrito Capital Bogotá D.C, de naturaleza pública o privada, serán elegidos de un procedimiento definido por el Alcalde Mayor.

Los Consejos Departamentales de Ciencia, Tecnología e Innovación (Codecti) tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2022 para implementar las disposiciones del Decreto.

Clic para acceder al Decreto 1557 de 2022

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