IES tendrán que buscar alternativas a las prácticas cuando estudiantes no las consigan

IES tendrán que buscar alternativas a las prácticas cuando estudiantes no las consigan

Agosto 26/22 Así lo contempla el PL 39/22 “por medio de la cual se regula la asignación de plazas o escenarios de práctica laboral, la práctica de judicatura y pasantías”.

La iniciativa es del Partido Mira, de parte de los senadores Ana Paola Agudelo García, Carlos Eduardo Guevara y Manuel Virgüez Piraquive y la representante Irma Luz Herrera Rodríguez.

Busca flexibilizar las exigencias y favorecer la consecución de estos escenarios de aprendizaje y requisito de estudio y de grado que hay en muchos programas e IES.

Eso sí, la norma propuesta no incluye las prácticas en el áreas de la salud, dispuestas en la Ley 50 de 1981, así como las de contrato de aprendizaje establecido en la Ley 789 de 2002.

La norma señala que el estudiante pasante, judicante o practicante podrá inscribir, postular y obtener la plaza o escenario de práctica laboral fuera de la oferta de plazas que gestione la IES. Asimismo, señala que estas prácticas pueden ser extendidas a estudiantes de posgrado, de educación para el trabajo y del SENA.

Para favorecer el proceso, el PL busca que las entidades públicas, del orden nacional, departamental, local y distrital, reporten las plazas de prácticas en los programas de Gobierno y que la Unidad del Servicio Pública de Empleo deberá registrarlas y difundirlas.

Asimismo, plantea “Alternativas al requisito de práctica laboral”, señalando que las IES que dentro de su plan de estudios exijan la realización de prácticas profesionales, práctica laboral y pasantías en áreas del conocimiento en las cuales las prácticas no estén regladas por la ley, deberán generar alternativas al requisito obligatorio de grado de pasantías, prácticas profesionales y/o judicatura, con el fin de facilitar la culminación del plan de estudios sin afectar la calidad de la educación, contenidos curriculares y créditos a aprobar de acuerdo al programa académico y a los estándares exigidos por el campo.

Estas alternativas serán aplicables cuando el estudiante por razones justificadas no haya podido acceder a una plaza o escenario de práctica laboral, práctica de judicatura y pasantías, dentro de la oferta gestionada por la IES y del servicio público de empleo, en el curso de tres (3) meses siguientes a la culminación de su plan de estudios. Para lo cual definirá en el marco de la autonomía universitaria, las actividades académicas a cumplir para la finalización satisfactoria del plan de estudios”.

Clic para ver el texto del proyecto de ley y su justificación.

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