La FESSANJOSE tampoco reportó al SNIES a Juliana Guerrero como estudiante. Se complica su panorama institucional

La FESSANJOSE tampoco reportó al SNIES a Juliana Guerrero como estudiante. Se complica su panorama institucional

Sept 11/25 Otra irregularidad más se suma a la polémica titulación que la Fundación de Educación Superior San José hizo como profesional de la aspirante  viceministra de la Igualdad, Juliana Guerrero.

Se complica la situación de la IES.

La U. San José confirma que graduó a Juliana Guerrero sin presentar Saber Pro

Además del cuestionamiento por el tiempo que tomó su estudio y porque la IES reconoció que tituló a Guerrero sin que ésta hubiera presentado la prueba Saber Pro, ahora se conoce que  esa institución no la reportó al Ministerio de Educación como estudiante, tal y como lo ha denunciado la representante a la Cámara, Jennifer Pedraza Sandoval, una de las principales críticas de la intención del gobierno de posesionarla como viceministra sin el cumplimiento de requisitos.

La denuncia pública según la cual Guerrero no ha sido reportada en el SNIES, por lo que “el Ministerio de Educación Nacional no puede dar cuenta de dicha información, toda vez que la responsabilidad del reporte es de cada Institución”, se confirma con la comunicación que el Viceministro de Educación Superior envió a la congresista, en respuesta a un derecho de petición.

IES tienen que reportar esta información

La obligación de reportar individualmente a cada estudiante matriculado en el SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior) está establecida en varias normas, pero la más clara y vigente es la Resolución 9573 de 2021 del Ministerio de Educación Nacional.

📜 Resolución 9573 de 2021

Esta norma modifica la Resolución 20434 de 2016 y establece lineamientos específicos sobre:

• Fechas de reporte de información al SNIES.

• Variables obligatorias, incluyendo datos individuales de estudiantes.

• Uso de la plataforma HECAA, que exige el cargue detallado por estudiante.

• Validaciones técnicas para asegurar la calidad y consistencia de los datos.

Además, el Decreto 1767 de 2006 reglamenta el SNIES como sistema obligatorio para todas las IES, y establece que la información debe ser suficiente para la planeación, inspección y vigilancia del sector educativo.

🧩 ¿Qué implica el reporte individual?

• Cada estudiante debe ser registrado con variables como nombre, documento, programa, semestre, modalidad, entre otros.
• El reporte debe hacerse en los plazos definidos por el Ministerio.
• Las instituciones que omitan o reporten incorrectamente pueden enfrentar sanciones administrativas o limitaciones en procesos de registro calificado.

 

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