070/2022C A los proyectos de ley sobre gratuidad educativa, se suman varios que busca limitar o eliminar el cobro de distintos derechos de inscripción y de grado, entre otros.
Tres proyectos de ley (PL) más se han radicado en la nueva legislatura de Senado y Cámara que, de llegar a convertirse en ley, incidirían de manera importante en las proyecciones financieras de las IES.
No a los derechos de grado
El primero es el PL 070, de la Cámara de Representantes, “por medio de la cual se elimina el cobro a los derechos de grado para estudiantes de instituciones públicas de educación superior y se modifica el artículo 122 de la ley 30 de 1992”.
Busca eliminar la facultad que tienen las IES de carácter público en Colombia de realizar el cobro de los derechos de grado de los estudiantes para facilitar a los graduados no titulados la obtención de sus diplomas profesionales del nivel pregrado.
Las Instituciones Públicas de educación superior, no podrán realizar ninguna exigencia de cobro a los estudiantes por motivo de derecho a grado.
La iniciativa es respaladada por la senadora Ana Maria Castañeda Gómez y los representantes Andrés David Calle Aguas, Hugo Alfonso Archila Suárez , Juan Loreto Gómez Soto, Juan Carlos Lozada Vargas, Luis Carlos Ochoa Tobón y Jezmi Lizeth Barraza Arraut.
Clic para ver el PL 070/2022C radicado por los representantes
Hace unos días la Bancada Comunes también radicó un proyecto en el que busca que la ceremonia de grado, y sus costos derivados, deberán ser optativos para el titular del derecho, por lo que, en ningún caso, será una exigencia el pago de los costos derivados de ceremonias de grado.
Evitar cobro de PINES o derechos de inscripción
El senador Marcos Daniel Pineda García y el representante Wadith Manzur Imbett (foto) radicaron el proyecto de ley 069/2022S que busca exonerar del pago del pin de inscripción a las universidades públicas para los bachilleres de escasos recursos del país.
Consideran que este cobro afecta la situación financiera de estudiantes de bajos estratos. Para el año 2022, el costo del PIN en algunas universades públicas varía, por ejemplo, entre 65.000 en la Universidad de Antioquia a $138.000 en la Universidad de Cartagena.
Según la propuesta, se modificaría el artículo 122 de la Ley 30 de 1992, adicionando un parágrafo que diría que “los derechos pecuniarios de inscripción en las universidades de educación superior públicas sólo podrán exigirse a la población que pueda sufragarlos”.
Se aclara que se entiende por población que no puede sufragar los gastos pecuniarios de inscripción a la educación pública superior, la población colombiana que se encuentre debidamente acreditada en los grupos del Sisbén A,B y C y sus respectivos subgrupos.
Para los congresistas, con este PL “no se busca desfinanciar a las universidades sino, por el contrario, garantizar del derecho a la educación superior de los grupos indirectamente marginados”.
En rechazo a la iniciativa, Jairo Torres Oviedo, rector de Unicórdoba y presidente del SUE ha dicho que la gratuidad del PIN de inscripción no tiene ninguna incidencia en el aumento de los cupos para estudiantes. Pone de ejemplo su universidad. “Nosotros recibimos 18 mil solicitudes de inscripción para solo mil 350 cupos, poner gratis el PIN aumentaría esas solicitudes a 50 mil jóvenes, pero se mantiene la misma cobertura”.
Clic para descargar el texto del PL 069/2022 S
Adiós al “cobro excesivo” de los derechos de grado en públicas y privadas
Los senadores Nadya Blel Scaff, Juan Samy Merheg, Germán Blanco Alvarez y Efraín Cepeda Sarabia, así como los representantes Yamil Hernando Arana Padauí, Juliana Aray Franco, Jorge Alexánder Quevedo Herrera y Armando Zabaraín D´Arce, radicaron el proyecto de Ley 104 / 2022S con el que buscan “establecer límites al costo educativo del derecho de grado, como medida para reducir el impacto económico que genera el cobro excesivo”.
Consideran que el costo del derecho de grado “no podrá superar el costo real de la producción física del diploma con las medidas estéticas y de seguridad establecidas”.
Así, sería el Ministerio de Educación el llamado a regular dichas tarifas.
Asimismo, en el texto de propuesta legislativa se pide que “a quienes carezcan de capacidad económica para sufragar los gastos de servicio médico -art. 122 de la Ley 30/92- no se les podrá exigir su pago y podrán acceder los servicios”.
En el mismo articulado se pide que “los adolescentes y jóvenes que pertenezcan al Grupo A y sus subgrupos en la categrización del SISBEN IV, quedarán exentos del cobreo de las tarifas del Examen de Estado de la Educación Media – Saber 11 o el que haga sus veces”.
Cabe recordar que en esta misma legislatura, mediante PL 013/22, del congresista Fabián Díaz, se busca queel ICFES no cobre a estudiantes de estratos bajos, por la aplicación de la prueba Saber para acceso a la educación superior ..++
Clic para conoce el proyecto de ley 104
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