Sept 7/23 En un escenario lleno en normas, se expedirá otra para “mejorar el trámite administrativo, la armonización del registro calificado con la acreditación en alta calidad, la evaluación integral de las condiciones de calidad y la articulación de los actores del sistema”.
Este es, tal vez, el principal objetivo presentado en el texto del borrador de nuevo decreto que pondrá a discusión del sector el Ministerio de Educación, “por medio del cual se modifica parcialmente el Capítulo 2 del Título 3 de la Parte 5 del Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 – Único Reglamentario del Sector Educación” (también modificación del Decreto 1330 de 2019).
La propuesta surge luego de las mesas técnicas realizadas por el Ministerio con los actores del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en torno a las disposiciones del Decreto 1330 de 2019, y en las que habría salido, como algunas de las principales conclusiones, la necesidad de ajustar la norma porque “el trámite definido para el otorgamiento y renovación del registro calificado dificultaba garantizar decisiones oportunas por parte del Ministerio de Educación Nacional y limitaba la posibilidad de observar el concepto que fundamentaba las decisiones negativas, llevando a las instituciones a tener que recurrir en sede de reposición argumentos que podían exponerse previamente y a adoptar medidas frente a sus comunidades académicas por la vigencia de los registros calificados de los programas académicos y la imposibilidad de iniciar oferta de los nuevos programas”.
Esto luego de que se “pudo advertir que las instituciones de educación superior que obtuvieron el reconocimiento de la acreditación en alta calidad no pudieron avanzar de manera significativa en la ampliación de cobertura de la educación superior”.
Por lo mismo, dice el borrador de la norma, “los actores del Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior coincidieron en la necesidad de modificación de la normativa que regula el registro calificado, en lo relacionado con i) el trámite para el otorgamiento, renovación y modificación; b) la definición de estrategias, mecanismos o procesos que permitan una oferta de calidad, oportuna y pertinente en los diferentes territorios, que reconozca la diversidad de los contextos y de los actores regionales que participan en los procesos formativos; y c) elementos que integran el desarrollo de las condiciones de calidad”.
Cabe recordar que el Decreto 1330 de 2019 había modificado el marco reglamentario del registro calificado contenido en el Decreto 1075 de 2015, y que allí desarrolló cada una de las condiciones de calidad y definió un nuevo trámite administrativo compuesto por dos etapas, prerradicación y radicación de solicitud de registro calificado, y además definió que las IES acreditadas no tuvieran que surtir la primera etapa del trámite en el lugar de desarrollo en el que se obtuvo el reconocimiento de la acreditación y que el otorgamiento y renovación del registro calificado se adelante sin los procesos de visita y evaluación.
Se asume que si es claramente comprensible, práctico y aplicable, con el nuevo decreto habrá más agilidad al respecto.
Clic para descargar el texto borrador de la norma propuesta
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