Mineducación publica proyectos de resolución de condiciones de registro calificado

Abril 3/20 Finalmente el Ministerio publicó para consulta ciudadana las resoluciones que detallan las condiciones de programas e institucionales, en registro calificado, en complemento del decreto 1330 de 2019.

Los comentarios y sugerencias van hasta el 16 de abril, con Semana Santa de por medio.

Las normas son muy amplias en su literatura, relación de documentos y áreas de evaluación y, conforme el estilo legislativo colombiano, van hasta la minucia.

Para la obtención, renovación y modificación del registro calificado, el Decreto 1075 (modificado tras el 1330) establece el trámite que deben adelantar las IES, en el que se identifican dos etapas: Pre radicación de solicitud de registro calificado y Radicación de solicitud de registro calificado.

Según la justificación de las nuevas normas, “se estima pertinente poder brindar a los actores que integran el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior y que participan en los procesos asociados al registro calificado, una mayor claridad acerca de los aspectos que permiten evidenciar el cumplimiento de las condiciones de calidad de programa, lo cual a su vez contribuirá a que el Ministerio de Educación Nacional y su órgano asesor, la Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CONACES), cuenten con parámetros de evaluación que propendan por la realización de los principios de la función administrativa, –como son los de imparcialidad, igualdad y publicidad- en el trabajo de verificación y
evaluación de las mencionadas condiciones”.

Sobre las condiciones institucionales

Las condiciones institucionales que se evalúan son:

a) Mecanismos de selección y evaluación de estudiantes y profesores
b) Estructura administrativa y académica
c) Cultura de la autoevaluación
d) Programa de egresados
e) Modelo bienestar
f) Recursos suficientes para garantizar cumplimiento las metas

La norma propuesta, que está para consulta ciudadana hasta el 16 de abril, en la página del Ministerio, detalla las evidencias que debe aportar cada IES para el respectivo cumplimiento y registro de sus condiciones institucionales, y pide más información y documentos de la que hasta ahora, tradicionalmente, se ha pedido por parte del Ministerio para estos procesos como, por ejemplo, todo el detalle del gobierno institucional, la rendición de cuentas, políticas de innovación y la gestión de la información.

Sobre las condiciones de programa

Las condiciones de programa ajustadas, también definidas en el Decreto 1075 de 2015, también están para consulta ciudadana en la página del Ministerio, y se constituyen en necesarias para la obtención, modificación o renovación del registro calificado de los programas académicos de educación superior.

Estas condiciones son:

a) Denominación del programa
b) Justificación del programa
c) Aspectos curriculares
d) Organización de las actividades académicas y proceso formativo
e) Investigación, innovación y/o creación artística y cultural
f) Relación con el sector externo
g) Profesores
h) Medios educativos
i) Infraestructura física y tecnológica

De los resultados de aprendizaje

La norma avanza en los “novedosos” para el sistema, y muy diversas interpretaciones de los resultados de aprendizaje, identificados como lo que el estudiante sabrá, comprenderá y será capaz de hacer, como resultado integral de su proceso formativo. Para ello indica que deben cumplir lo siguiente:

1. Formularán, desde una perspectiva de aprendizaje a lo largo de la vida, la forma en la cual se reflejarán los conocimientos, las competencias y las habilidades relevantes para el trabajo, el comportamiento ciudadano y la realización como persona que vive en un entorno con particularidades sociales, económicas, culturales y ambientales; en esta forma se enfatizan el aprender a pensar y la actuación responsable y ética.

2. Deberán describir el aprendizaje, esencial y duradero, y en particular los conocimientos, habilidades y actitudes que permiten adaptarse a los cambios del entorno.

3. Serán sostenibles en el largo plazo, para que permitan al egresado un ejercicio profesional coherente con las demandas de un entorno dinámico, acorde con los cambios tecnológicos y que permita la adaptación en distintos contextos de la vida y el empleo.

4. Declararán que el estudiante desarrollará las habilidades definidas y que tendrá las competencias para abordar, de manera crítica, sistémica y creativa los desafíos cambiantes del ejercicio laboral.

5. Deberán reflejar la intencionalidad de la institución para que los estudiantes aprendan a aprender; adquieran habilidades que permitan instrumentalizar el aprendizaje; aprendan a hacer, enfatizando las capacidades para desarrollar las actividades propias de su(s) disciplina(s); y desarrollen condiciones para que puedan actuar con
autonomía, juicio y responsabilidad y comprendan las oportunidades y demandas de vivir en sociedad.

6. Incorporarán habilidades que les permitan al estudiante pensar de manera crítica, sistémica y creativa, para atender cambios o demandas sociales y tecnológicas.

7. Harán énfasis en los valores universales como justicia, igualdad, dignidad y respeto, que le permitan al estudiante actuar de forma colaborativa y responsable.

8. Deberán ser concretos y determinar la medida, el nivel de desarrollo y los logros que se esperan obtener después del proceso formativo según el nivel académico.

9. Incluirán su clasificación o taxonomía, para lo cual la institución deberá especificar los referentes conceptuales considerados o la forma en que fueron definidos.

10. Deberán ser comunicados a los estudiantes.

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