Omisión o indebida atención de quejas de acoso en una IES, para la PGN son una falta gravísima

Omisión o indebida atención de quejas de acoso en una IES, para la PGN son una falta gravísima

Marzo 11/24 En una investigación contra exdirectivos de la U. Distrital Francisco José de Caldas, el Ministerio Público indica que la atención parcial, o no atención debida de quejas por acoso sexual, son indebida diligencia y revictimizan los demandantes.

La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra el exrector de la Universidad Distrital de Bogotá, Ricardo García Duarte -foto- (2017 – 2021), y otros dos exfuncionarios de esa institución, por una presunta omisión en el trámite de quejas por acoso sexual instauradas contra un docente de esa institución. 
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La medida también afectó a la exdecana de la facultad de Ciencias y Educación de la misma entidad, Cecilia Rincón Verdugo (2017 – 2020), y el exdirector de Bienestar Institucional, Tito Ernesto Gutiérrez Daza (2019 – 2021). 
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Al parecer, los entonces funcionarios, no brindaron la atención y el trámite requerido a las quejas instauradas por estudiantes contra uno de los docentes, a quien señalaban de incurrir en actos de acoso sexual y tratos discriminatorios contra alumnas de la institución, las que fueron firmadas con nombres propios, identificación y códigos de quienes los radicaron. 
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En el pliego de cargos, el órgano de control señaló que el trámite de quejas y denuncias por razones de violencia, discriminación y acoso por razón del género, exigen una obligación de debida diligencia, respeto y protección por parte de los servidores públicos que conocen del asunto, con el fin de evitar posibles actos de revictimización.
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Agregó que “no adoptar las medidas protección frente a las violencias basadas en el género y no actuar bajo los postulados de la debida diligencia, constituye otra forma de violencia contra las mujeres que se ha denominado violencia institucional”.
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Para el Ministerio Público, con su conducta, los entonces funcionarios habrían vulnerado los principios de igualdad, celeridad, eficacia y eficiencia de la función pública, teniendo en cuenta que era su deber actuar con responsabilidad frente a la gravedad de la denuncia presentada. 
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Por esos hechos, la Procuraduría calificó la presunta conducta del entonces rector García Duarte, así como la de Gutiérrez Daza, como una falta grave a título de culpa gravísima. Por su parte, la exdecana de la facultad de Ciencias y Educación, Cecilia Rincón Verdugo, habría incurrido en una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima.  
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En relación con este caso, la Procuraduría General de la Nación, el pasado 13 diciembre, en fallo de primera instancia, sancionó con destitución e inhabilidad de 17 años a Carlos Antonio Julio Arrieta en su condición de Profesor de la Facultad de Ciencias y Educación – Programa Curricular de Matemáticas de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, por hechos constitutivos de acoso sexual contra estudiantes de esa institución universitaria.

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