Por defender el pluralismo político, ¿Mineducación viola la autonomía de Uniatlántico?

Por defender el pluralismo político, ¿Mineducación viola la autonomía de Uniatlántico?

Abril 2/25 Aunque habla de la autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política y la Ley 30 de 1992, el Ministerio de Educación Nacional se mete con la Universidad del Atlántico y dice que esta no puede reformar sus estatutos para incluir la reelección rectoral.

Para el Ministerio, permitir esta reforma estatutaria iría en contra del “pluralismo político”, asumiendo errónea y peligrosamente que la esencia de las elecciones rectorales es política y no académica y técnica, y que la reelección definida o indefinida es un derecho propio de las comunidades académicas que, libremente, en espacios de debate argumentativo (aun si estos tienen tonos políticos), define cuál es la mejor propuesta rectoral para continuar o no un proyecto educativo.

Bien ha demostrado la experiencia que un mal rector puede acabar una IES en un solo periodo y un buen rector la puede consolidar y hacer crecer con varias re-elecciones. No hay unidad al respecto. Incluso, en muchas grandes universidades del mundo, el rector se re-elige indefinidamente y esto no se ve como una expresión política sino de consolidación de un proyecto educativo. Es decisión autónoma de la comunidad académica, expresada en sus miembros en el Consejo Superior, y no del Ministerio de Educación.

Otra cosa es la responsabilidad que debe tener el Consejo Superior para garantizar que, en caso de votar por la posible re-elección, todos los aspirantes gocen de las mismas condiciones de equidad en el proceso de inscripción, revisión de requisitos, presentación de propuestas, consulta estamentaria y designación en el máximo órgano de gobierno, así como la regulación de qué pasa, en decisiones, nombramientos y uso de recursos, de parte del rector que aspira a re-elegirse.

El contexto de lo que pasa en Uniatlántico

En 2021, Danilo Hernández Rodríguez fue designado rector de la Universidad del Atlántico por cuatro años, que vencen en octubre próximo.

Danilo Hernández, rector en propiedad de Uniatlántico para los próximos 4 años

Al interior de esa Universidad ha habido sobe la posibilidad, o no, de que los estatutos sean reformados para permitir que haya re-elección de Hernández, tal y como un buen número de universidades públicas han ajustado sus estatutos, recientemente, para permitir la continuidad de sus rectores, en una decisión que se considera propia de la IES, en ejercicio de su autonomía universitaria.

Vale recordar que la Ley 30 de 1992, señala, en su artículo 28, que: “La autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política de Colombia y de conformidad con la presente ley, reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes, y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de función institucional”.

El polémico concepto de Mineducación

El actual gobernador del Atlántico, y a su vez presidente del Consejo Superior de Uniatlántico, Eduardo Verano de la Rosa, preguntó a Mineducación si de acuerdo con el marco jurídico vigente y los antecedentes expuestos ¿Puede reformarse los estatutos de la universidad, estableciendo la reelección del Rector, permitiendo que el que se encuentra en ejercicio pueda acceder a reelegirse?.

Según el actual estatuto de Uniatlántico, “el Rector será designado por el Consejo Superior para un período de cuatro (4) años, y podrá ser reelegido una única vez, pero no para el período inmediatamente siguiente”.

La Oficina Jurídica del Ministerio de Educación, actualmente con subdirector (e) comunicación firmada por Harold Antonio Hernández Molina, indicó que la restricción de la reelección inmediata se justifica por el riesgo de que un candidato en ejercicio utilice los instrumentos y recursos a su disposición, derivados de su posición de poder, para favorecer su reelección, lo que generaría una competencia desigual frente a otros candidatos que no cuentan con el mismo acceso a los recursos (clic para ver la comunicación del Ministerio).

Cambio en la Subdirección de Inspección y Vigilancia del Viceministerio de Ed. Superior

«Esto pone en riesgo la equidad y transparencia de los procesos electorales dentro de la universidad, contradiciendo el principio de igualdad de oportunidades para todos los candidatos. Finalmente, reformar los estatutos de la universidad para permitir una reelección indefinida e inmediata contravendría el principio de pluralismo político», detalló el Ministerio.

«La modificación de los estatutos en ese sentido afectaría directamente la igualdad en las contiendas electorales, ya que el rector en ejercicio gozaría de una ventaja desproporcionada frente a otros candidatos, lo que vulneraría el equilibrio necesario para un ejercicio democrático legítimo. En consecuencia, se comprometería el principio de igualdad ante la ley y se pondría en riesgo el  pluralismo político, pilar fundamental para la consolidación de una democracia participativa en la universidad, lo anterior en concordancia de lo dispuesto en la sentencia de la Corte Constitucional C-141 de 2010», agregó.

En concepto de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio, dirigida por William Felipe Hurtado Quintero, previo al de Inspección y Vigilancia, “la autonomía no es absoluta ni ilimitada. La Constitución y las leyes del país imponen ciertos límites a la autonomía de las universidades, lo que implica que las modificaciones a sus estatutos deben estar en consonancia con los principios y normas constitucionales, así como con los derechos fundamentales que las mismas resguardan“.

Testimonios encontrados

Melissa Figueroa, exrepresentante estudiantil ante el Consejo Académico y actual estudiante de maestría en la Universidad del Atlántico, expresó su descontento sobre el reciente pronunciamiento del Ministerio de Educación dirigido al gobernador del Atlántico, Eduardo Verano. Según Figueroa, tiene un trasfondo político más que jurídico. Para Figueroa, el concepto del Ministerio carece de fundamentos legales claros, ya que en el documento no se cita ningún enunciado jurídico que prohíba la reelección del rector. “Ellos lo que hicieron fue contestar desde la subjetividad y bajo el supuesto de que Danilo se reelegiría, cuando Danilo no ha dicho, ni siquiera que quiere ser candidato. Entonces, en el derecho no se puede hablar bajo supuestos sino bajo tácitos, bajo fundamentos escritos en la ley”, sostuvo.

Por su parte, Melissa Obregón Lebolo, designada del presidente Petro en el Consejo Superior de Uniatlántico, ha expresado enfáticamente su rechazo a la posible reelección. Considera “poco ético y antidemocrático” que en este momento se quieran cambiar los estatutos.

Vale recordar que en los últimos años las universidades Tecnológica de Pereira, UIS, Magdalena y de Córdoba, entre otras, han modificado sus estatutos permitiéndose la continuidad, tras procesos de consulta y elección, de sus actuales rectores.

Loading

Compartir en redes