Junio 13/24 !Cuidado! No se confíe. Si Usted se matriculó o tituló directamente o a través de los convenios de la Función Pública, en un posgrado con una IES extranjera, y le prometieron que era un título oficial convalidable, puede estrellarse contra las decisiones de Conaces.
“Es potestad del Ministerio de Educación (léase Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, Conaces) la aceptación o negación del título de un programa cursado en una universidad del extranjero, toda vez que, en la evaluación influyen diferentes factores tales como, la documentación allegada por el estudiante, la calidad de la misma y la completitud de los documentos solicitados”.
Lo entrecomillado corresponde a una comunicación del Departamento Administrativo de la Función Pública, en respuesta a una solicitud de profesionales colombianos a quienes CONACES no les aceptó la convalidación de su título de maestría, cursado en EUDEE, IES con la que el Departamento Administrativo de la Función Pública tiene un convenio para que servidores públicos puedan formarse con tarifa preferencial en programas oficiales y, por ende (así, por lo menos lo entiende la mayoría de personas), convalidable por parte del Ministerio de Educación Nacional; más concretamente, por un acto nacido en la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad, del Viceministerio de Educación Superior.
Los afectados, con razón, se consideran asaltados en su buena fe. Concretamente porque se dejaron llevar por el ofrecimiento del programa “Servimos” del Departamento Administrativo de la Función Pública, que invita a los colombianos a cursar programas en IES extranjeras tales como La Universidad en Internet – UNIR y EUDE European Business School, entre otras.
Además, la propia Función Pública, en respuesta oficial y escrita a los afectados, dice que “los programas de maestría y especializaciones ofrecidos en el marco de estas alianzas son convalidables ante el Ministerio de Educación Nacional. Esto se debe a que los programas y maestrías de EUDE cuentan con el aval de la Secretaría de Educación Pública de México y con una doble titulación respaldada por EUDE Business School de España”.
Los denunciantes argumentan que se les ha violado el derecho a la buena fe y la confianza legítima, que se encuentra protegido por el ordenamiento jurídico colombiano y que “constituye un principio fundamental en las relaciones entre los ciudadanos y las entidades públicas. Este principio implica que los ciudadanos tienen derecho a confiar en la información proporcionada por las autoridades públicas y a actuar en consecuencia, generando expectativas legítimas sobre sus derechos y obligaciones”.
“La negación de la convalidación de mi título por parte del Ministerio de Educación Nacional, a pesar de los acuerdos suscritos y el respaldo brindado por el Departamento Administrativo de la Función Pública y EUDE, socava mi buena fe, confianza legítima y la expectativa legitima de tener un título de maestría convalidado y también afecta mi derecho al trabajo e ingresos, ya que como profesor universitario no puedo obtener una asignación por catedra mayor, al no tener tal posgrado convalidado”, señala la comunicación de uno de los afectados, quien califica como publicidad engañosa “liderada por el Departamento Administrativo de la Función Pública, entidad que, al igual que el Ministerio de Educación Nacional, forma parte de la Nación, considero y siento que se me vulneró mi derecho a la buena fe, confianza legítima y trabajo al no realizar la convalidación y promoción adecuada de una oferta académica avalada y respaldada por el Estado a través del Departamento Administrativo de la Función Pública”.
Es importante aclarar que se refiere a títulos oficiales y no propios. Los oficiales son los que se convalidan, los propios no, pues corresponden a desarrollos de cada IES no siempre ajustados a los cánones de reconocimiento internacional.
Según consejeros de CONACES, consultados por El Observatorio de la Universidad Colombiana, al interior de las salas hay muy diversos criterios para proceder al respecto, pero es claro -dicen ellos- que no se puede asumir la convalidación directa de títulos (independientemente de si es en un país que tiene convenios con Colombia y una universidad debidamente reconocida y con títulos oficiales), en razón a que los criterios de un país y de otro no siempre coinciden. Aspectos como la medición de los créditos académicos e intensidad así como los espacios de práctica y las publicaciones entre otros aspectos, llevan a que CONACES considere que, por ejemplo, pese al título, los contenidos no correspondan con el plan de estudios o que, en otro caso, lo presentado como maestría corresponda a una especialización. Otro criterio que se debe tener en cuenta es el momento en que se obtuvo la titulación y el plan de estudios afín, pues las IES cambian condiciones y aunque se entregue el mismo título depende de las condiciones como se realizó.
Una de las resoluciones de negación de estos títulos dice: “La Sala de evaluación de Administración de Empresas y Derecho de a CONACES recomienda al Ministerio de Educación Nacional NO CONVALIDAR el título presentado a evaluación, considerando lo expuesto en la ponencia, específicamente en la intensidad horaria del programa sobre la que no es posible determinar el aprovechamiento de las 714 horas de generación de conocimiento, las cuales además son consideradas como realizadas por fuera del ámbito escolar, según se afirma en certificación emitida por la institución. Las 1600 horas que aparecen en el certificado de programa académico corresponden a un equivalente de 33 créditos académicos en el sistema colombiano, resulta para la Sala que se trata de un programa académico con una carga lectiva ostensiblemente inferior en comparación con los programas del nivel y del área de conocimiento del programa en relación con los que se desarrollan en Colombia, los cuales se desarrollan en promedio en 48 créditos académicos que corresponden a una intensidad de 2304 horas de trabajo En consecuencia, para el plan de estudios cursado y aprobado por el solicitante, y las asignaturas reportadas, no es posible establecer una razonable correspondencia con el título que en Colombia se otorga en programas con una denominación similar”.
Es un tema muy complejo sobre el cual ni el Ministerio de Educación, ni Conaces, y mucho menos Función Pública, han explicado a los colombianos.
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