Nov 2/23 Esa es la proyección del impacto económico que, según el Gobierno Nacional, se causará tras el decreto que firmaría el presidente para reglamentar la Ley 2307/2023, de gratuidad en los pregrados en las IES públicas.
El decreto, trabajado por Mineducación tras las reuniones con estudiantes para conocer sus aportes a la Ley 2307, y que busca definir los conceptos, protagonistas, formas de administración y características de cómo operaría la gratuidad, y que se halla disponible para consulta ciudadana, dice, en su análisis del impacto fiscal, que:
“De acuerdo con las estimaciones realizadas por el Ministerio de Educación Nacional, para 2022, primer año de implementación de la política, la financiación del valor de la matrícula que pagan los/las estudiantes de pregrado de las IES públicas de las familias más vulnerables, asciende a cerca de $1,5 billones. De igual manera, con base en las estimaciones realizadas en el marco del documento Conpes 4040 de 2021 “Pacto Colombia con las Juventudes: Estrategia para fortalecer el desarrollo integral de la juventud”, se estima un costo aproximado de $17 billones en un período de 10 años.
Para el 2024, se tiene el proyecto de inversión aprobado se denomina: “Apoyo para fomentar el acceso con calidad a la educación superior a través de incentivos a la demanda en Colombia Nacional”, por lo que para dicha vigencia están presupuestados $2.2 billones de pesos”.
Si bien se insiste en que, como lo definió la Ley, la aplicación de la gratuidad es gradual, no hay en el teto propuesto ni en su memoria justificativa, una presentación de cómo será la evolución de dicha gradualidad. Es decir, no es claro hasta qué nivel de cobertura llegarán los 17 billones calculados.
Sólo se indica que “para 2024, los recursos necesarios para la financiación de la matrícula de los potenciales beneficiarios, ya se encuentran incluidos en el proyecto de la Ley de Presupuesto General de la Nación aprobado en el Congreso de la República. Para las vigencias posteriores se realizarán las apropiaciones anuales correspondientes en las respectivas leyes de presupuesto”.
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El presente decreto se aplicará a las instituciones de educación superior públicas, que deseen financiar a sus estudiantes con recursos del programa de gratuidad del Ministerio de Educación Nacional.
Según la propuesta, que sólo cobija a estudiantes de pregrado en IES públicas (TyT y universidades), “la implementación de la Política de Gratuidad para las instituciones de educación superior públicas de régimen especial previstas en el artículo 137 de la Ley 30 de 1992 podrá reglamentarse por las entidades rectoras de los sectores administrativos a las que se encuentren adscritas o vinculadas”.
La Ley 30 dice que son IES de régimen especial la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP), el Instituto Tecnológico de Electrónica y Comunicaciones (ITEC), el Instituto Caro y Cuervo, la Universidad Militar Nueva Granada, las Escuelas de Formación de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional que adelanten programas de Educación Superior y el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA). Asimosmo, que la Escuela Nacional del Deporte continuará formando parte del Instituto Colombiano del Deporte, y funcionando como Institución Universitaria o Escuela Tecnológica de acuerdo con su naturaleza jurídica y con el régimen académico descrito en esta Ley.
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