Mayo 22/25 Para ponerse al día en sus obligaciones con empleados y exempleados, la FUAC les dio un edificio (foto), que no ha podido ser vendido por la intromisión de Mineducación, y los gastos que eso ha generado han aumentado el saldo rojo de ambas partes.
97 trabajadores y extrabajadores de la Fundación Universidad Autónoma de Colombia FUAC (entre quienes se encuentran varios exdirectivos y hasta un exrector), están viviendo en el peor de los mundos: la universidad les adeuda meses de salarios desde hace más de 6 años y ahora están reportados como deudores ante la Secretaría Distrital de Hacienda por no pagar prediales de un inmueble con el que se les pretendía pagar.
Esta es historia: En 2021, la universidad le propuso a los trabajadores que para pagar las deudas que tenía la institución con ellos les entregaría uno de los edificios de la institución (foto), avaluado en 2020 por 3.007 millones de pesos, y para ello diseñó la figura de un encargo fiduciario por medio de la Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario Fiduagraria S.A., (Contrato de Fiducia Mercantil Irrevocable de Administración y Pagos No. 184-2021) para lo cual la FUAC transfirió el inmueble a la fiducia y cada trabajador quedó con unos derechos fiduciarios que corresponden a un porcentaje del edificio correspondiente a la deuda que la universidad tenía con cada uno de ellos. La universidad se reservó para sí un porcentaje de cerca del 10% de la fiducia.
La Universidad ha explicado que la estructura del encargo fiduciario fue creada precisamente para proteger los intereses de los acreedores laborales, evitando que los bienes comprometidos fueran administrados directamente por la FUAC, en vista de las deudas y compromisos incumplidos que motivaron su constitución y en aras de garantizar el pago de las acreencias laborales de sus trabajadores y extrabajadores.
Si bien la propuesta estaba dada para que se hicieran todos los esfuerzos para vender el edificio y que, cuando eso ocurriera, se le entregara a cada persona el dinero correspondiente, pues nadie estaba dispuesto a recibir un inmueble en dación de pago para hacerse cargo de su mantenimiento, dado el drama de contar con cerca de seis meses sin recibir salario ni estar al día con la seguridad social. Teniendo en cuenta lo anterior, la universidad se comprometió a pagar la cuota de administración de la fiducia ($14 millones mensuales que , según los afectados, también se quedó debiendo), el mantenimiento del inmueble, su vigilancia, los servicios públicos y los impuestos prediales hasta que el edificio no se vendiera y finalizara la fiducia.
Han pasado más de tres años desde que los trabajadores y ex trabajadores (que hoy se consideran a sí mismos incautos) firmaron el acta de transacción sin haber logrado vender el edificio y la universidad no ha cumplido con sus obligaciones de pagar el impuesto predial desde 2021, lo cual puede ascender a una deuda de más de $100 millones.
Según han dicho los empleados y exempleados de la FUAC, sin autorización de ellos y sin estar a paz y salvo con los impuestos, desde 2024 su nombre aparece en el recibo del impuesto predial, haciéndolos acreedores de una deuda en impuestos por un edificio por el cual nunca han firmado escrituras y que legalmente aún no les pertenece, pues ellos son dueños de derechos fiduciarios y no del edificio. La fiducia que se constituyó por parte de la FUAC es la titular del inmueble.
En 2024, la Universidad convocó a una asamblea de fideicomitentes para informar que se había recibido una propuesta de compra del edificio por $2.200 millones, que equivalía, entonces, aproximadamente al 70% del valor adeudado por la FUAC a los afectados. En dicha reunión la Universidad propuso que, como el valor ofrecido era menor de lo adeudado a cada uno, que se comprometería a pagar el 30% restante en un plan de pagos diseñado para tal fin. Con mayoría de los votos (incluyendo el de la universidad) se aprobó la venta de los derechos fiduciarios y ello se facilitaría la venta del inmueble.
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Pero, dicen los afectados, “el Ministerio de Educación Nacional, sobrepasando sus funciones, le envía una comunicación a la FUAC (firmada por la entonces subdirectora (e) de Inspección y Vigilancia, Nina María Padrón Ballestas), en octubre de 2024, en donde le prohíbe vender el edificio” del que legalmente la Universidad sólo es una socia más dentro de la fiducia en la que posee el 12.36% de la misma. Efectivamente, las directivas de la FUAC han confirmado que la Universidad “no posee la titularidad absoluta del inmueble objeto del fideicomiso. Tal como consta en el certificados de libertad y tradición, el titular del bien es la fiducia, no la FUAC ni los beneficiarios de los derechos fiduciarios a título individual. En consecuencia, la FUAC carece de facultades legales para disponer directamente del inmueble o tomar decisiones unilaterales sobre su venta o cesión”. Desde diciembre de 2021 se hizo la transferencia de dominio de la Universidad a un patrimonio autónomo llamado “Fideicomiso FUAC”.
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Es significativo que la propiedad en mención dejó de ser un activo de la FUAC antes de la entrada en vigencia de la Resolución 8609 del 16 de mayo de 2022, mediante la cual el Ministerio de Educación Nacional ordenó la aplicación de los institutos de salvamento a la Universidad, que impiden hacer estas maniobras legales.
Así, voceros de los afectados, en comunicación con El Observatorio de la Universidad Colombiana, concluyeron que “el MEN no sólo ha sido incapaz de proteger los derechos de los trabajadores de la Autónoma al permitir que les adeuden salarios, seguridad social y cesantías desde 2018, sino que ahora, cuando se abre una posibilidad para que la FUAC honre sus deudas mediante una figura conocida y avalada por el Ministerio, sea este quien se interponga y obstaculice la salida”.
Por ahora el tema sigue en el aire. Directivas de la Universidad, partícipes de la fiducia en solo una pequeña parte, piden que se avance en una definición sobre la continuidad o finalización del negocio fiduciario, y hablan de “la buena disposición por parte de la Fundación Universidad Autónoma de Colombia en las decisiones que se tomen por parte de los fideicomitentes y que puedan conllevar la cancelación de dichas acreencias”.
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