Rector de UNIDAT reivindica el derecho de su organización a ofertar educación superior, aun sin reconocimiento de Mineducación ni Mininterior

Rector de UNIDAT reivindica el derecho de su organización a ofertar educación superior, aun sin reconocimiento de Mineducación ni Mininterior

Dic 23/25 El rector y representante legal de la Universidad Unidat Internacional, o “Primera Universidad Confesional de Colombia”, pastor Luis Alfredo Alarcón Rodríguez, confirma que su institución no está registrada ni supervisada por el Ministerio del Interior y tampoco la tiene registrada Mineducación. Justifica su acción en la libertad religiosa en materia de educación, que, según él, este Observatorio ha violado con la información suministrada.

Tal y como este medio lo informó desde agosto pasado, UNIDAT titula virtualmente en pregrados, maestrías y doctorados, autoidentificada como “una institución de educación superior confesional, creada mediante resolución No. 001. NIT: 900123556-8, bajo fomento, inspección y vigilancia del Ministerio de Educación y Cultura Eclesiástico de la Confesión Gobierno Eclesiástico Apostólico y Profético Universal con P.I. 0326 del Ministerio del Interior, según su Constitución de Derecho Eclesiástico y Administrativo”.

Se presenta como Universidad y ofrece títulos de educación superior, pero estos no están registrados por el Ministerio de Educación ni en el SNIES, y tampoco aparece registrada en el Ministerio del Interior como una comunidad religiosa (como se informó en octubre pasado). Así, no está reconocida para efectos de reconocimiento de estudios y títulos. 

Para actuar se basan en la Ley 133 de 1994, de libertad religiosa y de cultos.

Comentarios del pastor Rodríguez

Alfredo Alarcón Rodríguez dice que “la información (de El Observatorio de la Universidad Colombiana) es espúrea (!!) y no se ajusta a los parámetros establecidos de la Resolución 0889 de 2017,  artículo 5 literal c) y los artículos 2.4.2.4.1.2. y 2.4.2.4.1.3. del Decreto 437 de 2018, de Política Pública Integral de Libertad Religiosa y su implementación, toda vez que se están vulnerando derechos fundamentales de la libertad religiosa en materia de educación”.

El marco legal que argumenta UNIDAT es de 2017, y esa institución nació en 2006. Rodríguez presenta a UNIDAT como “la Universidad Unidat internacional con resolución 001 del 26 de diciembre de 2006. NIT: 900125536, con código de actividad económica 9491 de la DIAN, bajo fomento, inspección y vigilancia del Ministerio de Educación Eclesiástica organización de la Confesión Gobierno Eclesiástico”. 

También aclara que “la Universidad no está registrada ni supervisada por el Ministerio del Interior; el objetivo misional de ésta es certificar iglesias y confesiones. La oferta académica de la Universidad Unidat Internacional es de educación superior no sujeta a la ley 30 de 1992, por su naturaleza jurídica en el orden de la Política Pública Integral de Libertad Religiosa”.

Por ello, dice Rodríguez, “el Ministerio de Educación y Cultura Eclesiástica informa: La Fundación Universidad Unidat Internacional, Fundación de Educación Superior, creada mediante Resolución 001 del 26 de diciembre de 2006, bajo, inspección y vigilancia del Ministerio de Educación Eclesiástica Nal, organización de la Confesión Gobierno Eclesiástico Apostólico y Profético Universal (personería jurídica 0326 del Min. interior) según el capítulo II, artículo 11 “ENFOQUE EDUCATIVO”, de la Constitución de Derecho Eclesiástico y Administrativo de la Confesión y en relación al Ministerio de Educación Eclesiástica: “Es el encargado de promover una educación y cultura integral, basada en principios y virtudes de acuerdo a los absolutos bíblicos, conforme a la ley 133 de 1994. Dicta las normas para la organización y los criterios pedagógicos y técnicos para el fomento de la educación. Promueve políticas, lineamientos, estrategias, planes, programas, subprogramas y líneas de acción, a seguir en todo el territorio nacional e internacional en materia de educación restaurada escolarizada, homeschooling, superior y reeducación. Formula y desarrolla criterios y parámetros técnicos cualitativos de la educación basada en los principios y virtudes contenidos en la Santa Biblia, en todos los niveles y modalidades. Por su naturaleza jurídica, la Universidad Unidat Internacional no pertenece al SNIES sino  al SINACIESE (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior Eclesiástica Nacional)”.

Por ello, concluye que, de acuerdo a la ley 133 de 1994 artículo 6 literal i) que a la letra dice: “De no ser impedido por motivos religiosos para acceder a cualquier trabajo o actividad civil, para ejercerlo o para desempeñar cargos o funciones públicas…” El Observatorio de la Universidad Colombiana está vulnerando y estigmatizando derechos fundamentales (Artículo 13 y 19 de la  Constitución Política de Colombia) y Ley estatutaria 133 de 1994.

Comentarios de El Observatorio de la Universidad Colombiana

En aras de la equidad informativa y de orientar a rectores y directivos del sistema de educación superior que, en su derecho a ser debidamente informados y bajo el marco del respeto a la libertad religiosa, ven con inquietud cómo es que Unidat puede ofertar títulos de educación superior al margen del marco legal para ello y, al mismo tiempo, cómo podría impactarse esto a la luz de los procesos de convalidación de títulos con una institución que no es formalmente de educación superior, se mantienen las publicaciones.

Ojalá los Ministerios de Educación Nacional y del Interior aclaren estas inquietudes.

Loading

Compartir en redes