Para la Procuraduría, el CSU de la UNAL violó normas al designar rector (e) a Andrés Felipe Mora

Para la Procuraduría, el CSU de la UNAL violó normas al designar rector (e) a Andrés Felipe Mora

Mayo 8/26 La Procuraduría General de la Nación radicó cargos contra varios miembros del Consejo Superior Universitario de la U. Nacional de Colombia por posibles irregularidades y “falsa motivación” cuando designó a Andrés Felipe Mora Cortés rector encargado, en una estrategia para evadir los fallos de la justicia que validaron el nombramiento de José Ismael Peña Reyes.

La controversia inició luego que, tras más de un año de espera por la resolución del litigio de la designación rectoral de José Ismael Peña Reyes y Leopoldo Múnera, el CSU se negó a reconocer a José Ismael Peña como rector titular, a pesar de que la Sección Quinta del Consejo de Estado había ratificado en septiembre de 2025 que su elección inicial era plenamente válida y vinculante.

En lugar de proceder con la posesión o el retorno de Peña, la mayoría del CSU optó por una “salida administrativa” cuestionable: aceptar la renuncia de Leopoldo Múnera —cuya elección había sido declarada nula por la alta corte— y nombrar al entonces vicerrector general Mora Cortés en su lugar. Según la Procuraduría, este acto respondió a un deseo explícito de no reconocer a Peña, incurriendo en una “falsa motivación” al argumentar un vacío de autoridad que, legalmente, no existiría si se acatara la sentencia del Consejo de Estado.

Argumentos de las partes y fundamento legal

La postura del CSU (Mayoría): Los consejeros que votaron por el encargo (incluyendo al viceministro de Educación, Ricardo Moreno) argumentan que el fallo del Consejo de Estado no ordenaba taxativamente la restitución automática de Peña en el cargo, sino que se limitaba a declarar la legalidad del acto de elección. Bajo esta interpretación, consideraron que el CSU tenía la autonomía para definir la situación administrativa.

La Procuraduría y los críticos del CSU: El ente de control sostiene que el CSU desbordó sus funciones y vulneró el debido proceso al “reabrir” un trámite electoral ya agotado. Por su parte, el entonces representante de los profesores, Diego Alejandro Torres, se retiró de la sesión calificando el acto como un presunto prevaricato y una usurpación de funciones.

Fundamento Legal: La denuncia se apoya en la violación del artículo 41 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y en el desconocimiento de la presunción de legalidad que amparaba el nombramiento de Peña.

¿Quiénes son los implicados y qué sanciones enfrentan?

La investigación de la Procuraduría y la Fiscalía apunta directamente a los cinco consejeros que respaldaron la designación de Mora Cortés en la sesión del 24 de noviembre de 2025. Estos son (agrupados en la foto, con IA):

– Lucía Botero Espinosa Decana de la Facultad de Medicina Veterinaria y de Zootecnia Sede Bogotá. Designada por el Consejo Académico

– Ricardo Moreno Patiño Viceministro de Educación Superior y delegado del Ministerio.

– María Alejandra Rojas Ordóñez Designada por el Presidente de la República

– Danna Nataly Garzon Polanía Designada por el Presidente de la República

– Víctor Manuel Moncayo (QEPD), entonces representante del CESU.

 

Posibles consecuencias

Vale recordar que José Ismael Peña Reyes regresó definitivamente como rector de la Universidad Nacional de Colombia en febrero de 2026. El 19 de febrero de 2026, el Consejo Superior Universitario acató el fallo del Tribunal Superior de Bogotá emitido el 17 de febrero de 2026, que ordenó su restitución y posesión en un plazo de 48 horas, cerrando el encargo de Andrés Felipe Mora.

El hecho de que Peña haya vuelto por orden de un juez no borra la posible falta disciplinaria (como la falsa motivación) cometida por los consejeros al intentar evadir los fallos previos del Consejo de Estado.

El concepto de la Procuraduría no es una sentencia sino una recomendación técnica y obligatoria que da el Ministerio Público al Consejo de Estado.

Ahora el expediente pasa al despacho del Magistrado Ponente en el Consejo de Estado, quien debe redactar un proyecto de sentencia basado en las pruebas y en este concepto.

Aún faltan meses para conocer una decisión final, que podría llevar a la declaración de nulidad de la designación de Mora. Así, podrían darse estos escenarios.

Sanción Disciplinaria: La Procuraduría podría imponer la destitución e inhabilidad general (que puede oscilar entre 10 y 20 años para faltas gravísimas cometidas con dolo o culpa gravísima) por vulnerar principios de moralidad pública y autonomía universitaria.

Responsabilidad Penal: La Fiscalía evalúa cargos por fraude a resolución judicial, prevaricato por acción y usurpación de funciones públicas.

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