Nov 18/22 Para disminuir la complejidad (y en parte el traumatismo) que se vive con el registro calificado, y como prometió el ministro Gaviria, se busca derogar las resoluciones 15224 y 21795 y modificar la 15178.
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Hasta el 2 de diciembre la ciudadanía puede expresar sus observaciones a la propuesta de resolución del Ministerio de Educación que “tiene por objeto modificar parcialmente la Resolución No. 15178 de 2 de agosto de 2022, que reglamenta el mecanismo de oferta y desarrollo de programas académicos de educación superior en zonas rurales con condiciones de difícil acceso a la educación superior, y derogar las Resoluciones Nos. 15224 de 24 de agosto de 2020 y 21795 de 19 de noviembre de 2020. Lo anterior, con el fin de optimizar el trámite de verificación y evaluación de las condiciones de calidad institucionales y de programa para la obtención, modificación y renovación del registro calificado, y se dictan otras disposiciones”.
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Las resoluciones 15224 y 21795 definieron las evidencias que las IES debían allegar como soportes para demostrar el cumplimiento de las condiciones de calidad en cada tipo de trámite asociado a registro calificado y que, tal y como en múltples escenarios se dijo, se constituyeron en trámites que, como dicen los considerandos de la resolución propuesta:
“Afectan la efectividad del procedimiento, asociados a la cantidad de información que se solicita a las instituciones y que durante la actuación administrativa deben verificar los pares académicos y evaluar las Salas de la CONACES. Adicionalmente, se identificó que los actos administrativos referidos fijaron en un alto nivel de detalle la desagregación de ciertos elementos que las instituciones manifiestan abordar, desde sus sistemas internos de aseguramiento de la calidad y conforme a su identidad institucional, de diversas formas y a partir de desarrollos conceptuales más concretos”.
Igualmente, días antes de finalizar el anterior gobierno, el pasado 2 de agosto, la entonces ministra María Victoria Angulo dejó firmada la resolución 15178, con la que se ordenó establecer el mecanismo de oferta y desarrollo de programas académicos de educación superior en zonas rurales con condiciones de difícil acceso a la educación superior, consistente en (i) la definición de estas zonas conforme a la clasificación de la ruralidad colombiana del Departamento Nacional de Planeación – DNP y al desarrollo de programas de desarrollo con enfoque territorial (PDET); (ii) la optimización del trámite de registro calificado y (iii) la definición de evidencias específicas para las condiciones de calidad de carácter institucional y de programa.
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Pero para el actual Ministerio se considera necesario derogar parte de esa norma que desarrollan evidencias específicas para cada condición de calidad, manteniendo como mecanismo de oferta y desarrollo de programas académicos de educación superior en zonas rurales con condiciones de difícil acceso a la educación superior, la conceptualización de zonas rurales y el procedimiento diferenciado para los trámites asociados a registro calificado.
Así, señala el texto de la resolución propuesta, como resultado de la derogatoria de las Resoluciones 15224 y 21795 de 2020 y la modificación parcial de la Resolución 15178 de 2022, las IES podrán declarar, en el marco de su autonomía y de acuerdo con los elementos que definen su identidad institucional, el cumplimiento de las condiciones de calidad previstas en el Decreto 1075 de 2015, modificado por el Decreto 1330 de 2019, a partir de información y documentos que constituyan propuestas formativas integrales y coherentes, sin fraccionamientos específicos.
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